sábado, 2 de septiembre de 2023

Cenfarte ya tiene convenio para los años 2021 a 2025

Distribución Farmacéutica
carmentorrente
Sáb, 02/09/2023 - 14:29
Resolución
El convenio de Cenfarte tendrá una duración de cinco años, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025. Foto: CENFARTE.
El convenio de Cenfarte tendrá una duración de cinco años, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025. Foto: CENFARTE.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado la resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para el grupo Centro Farmacéutico del Norte, SA (Cenfarte), y Centro Distribuidor del Norte, SA. El convenio tendrá una duración de cinco años, iniciando su vigencia el 1 de enero de 2021 y concluyendo el 31 de diciembre de 2025.

Una vez finalizada la vigencia del convenio, para evitar el vacío normativo si no se consigue entre las partes acordar su prorroga o renovarlo por otro nuevo, conforme establece el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores, expresamente se pacta que este continuará rigiendo hasta la suscripción de otro nuevo.

El presente convenio establece y regula las normas por las que han de regirse las relaciones laborales en las empresas Centro Farmacéutico del Norte y Centro Distribuidor del Norte, así como en sus delegaciones de Santander, Palencia, Asturias, Vizcaya y/o cualquier otra que se pudiera constituir en el futuro. El presente convenio es suscrito entre la representación empresarial y la representación sindical que lo suscribe : Comisiones Obreras (CCOO) y Unión Sindical Obrera (USO).

Retribución

Los salarios se mantienen con una retribución inalterada desde 2020, manteniendo la vigencia de las tablas salariales y conjunto de retribuciones hasta marzo de 2023.

A partir del 1 de abril de 2023 se produce una disminución del 5% en todos los conceptos retributivos, que se mantendrá hasta el 31 de marzo de 2025, experimentándose una subida del 5% a partir del 1 de abril de 2025 hasta la finalización de la vigencia del convenio, conforme figura en las tablas obrantes en el anexo.

Se exceptúa de este pacto al grupo de trabajadores farmacéuticos, que verán disminuida su retribución un 20% a partir del 1 de abril y hasta el 31 de marzo de 2025; esta se incrementará un 5% a partir del 1 de abril de 2025. Este incremento será en todo caso ajeno e independiente a las variaciones del IPC, que no incidirán en las modificaciones salariales pactadas.

En los años 2021 y 2022, las retribuciones permanecerán estables y sin revisión alguna. Serán las fijadas en las tablas de este convenio.

En 2023 los salarios se revisarán con una reducción del 5%, conforme a la tabla anexa. En 2024 se mantendrán todas las retribuciones sin revisión y en 2025 se actualizarán conforme a la revisión anual del IPC de 2024.

En cuanto a la antigüedad, el personal afectado percibirá durante los años 2021, 2022, 2023 y 2024 el complemento fijado en la tabla anexa a la resolución, que no sufrirá durante su vigencia variación ninguna. Se revisará el 1 de enero de 2025, para el ejercicio de 2025, tomando como referencia el IPC del año 2024.

Las horas extras tendrán un incremento del 100% del valor de una hora ordinaria y las nocturnas y festivas el 150 %; a estos efectos, la hora nocturna, será aquella comprendida entre las 22 horas y las 6 de la mañana.

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