jueves, 27 de diciembre de 2018

Una jueza niega el tratamiento homeopático a un paciente hospitalizado

El Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid ha dictado un auto en el que niega la petición de unos padres de que le inyecten vitamina C a su hijo, que se encuentre ingresado en el Hospital Fundación Jiménez Díaz, de Madrid, con “un pronóstico terminal”. 

El joven de 23 años llegó al centro sanitario el pasado 23 de diciembre donde se le intervino de urgencias por una apendicitis aguda. Según recoge el auto judicial, el procedimiento quirúrgico transcurrió sin problemas y se procedió a la extubación en el propio quirófano. Fue en ese momento cuando presentó complicaciones. El paciente entró en parada cardiorrespiratoria no consiguiendo ni ventilación, ni oxigenación con edema pulmonar. 

El tratamiento homeopático y la vitamina C tienen en todo caso un carácter paliativo que en ningún caso mejoraría la situación del paciente, dice la jueza

El día 24 de diciembre mantenía una “mala situación neurológica” y el 25 presentó un sufrimiento cerebral, que derivó todo en una ausencia de flujo cerebral siendo compatible con muerte encefálica. Ante esta situación, el día 26 de diciembre la familia solicitó a la autoridad judicial poder tratar a su hijo con homeopatía y vitamina C

El mismo día, la jueza de guardia negó esta posibilidad en un auto de dos páginas. La resolución judicial razona que “consultado el hospital y el médico forense del juzgado se ha puesto de manifiesto que el tratamiento homeopático y la vitamina C tienen en todo caso un carácter paliativo que en ningún caso mejoraría la situación del paciente o revertiría el coma en el que se encuentra”. 

En definitiva, el auto recoge que “la petición debe ser rechazada por cuanto que la autorización solicitada exige compeler al responsable de la planta [al médico] a la instalación de un tratamiento distinto y, en principio, no curativo que en nada demostraría que la situación del paciente puede mejorar y que en nada demuestra en todo caso que el tratamiento que se ha venido haciendo en estos tres días le haya perjudicado o haya empeorado su salud”

También aclara la juez que esta decisión se toma, sin perjuicio de que “la familia considere que ha habido un actuar previo imprudente en la operación de apendicitis realizada”, y por tanto disponga de medios jurídicos para aclara esa situación.  De esta manera, la jueza deja abierta la vía judicial para que los familiares reclamen

 

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