viernes, 24 de enero de 2020

Último empujón para hacer realidad la receta enfermera en Valencia

La Consejería de Sanidad valenciana está trabajando para “completar” y “dar respuesta” al procedimiento de acreditación y la propia prescripción enfermera en la comunidad y, para ello, ha desarrollado el trámite de información pública del proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de ese colectivo. 

Este texto, al cual se han podido realizar aportaciones y alegaciones hasta el 17 de enero, supone completar el “carácter inicial y adicional” de una resolución de Sanidad del 1 de julio de 2019, considerada también de “interés público”, por la cual se acordaba la acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, en el ámbito de los cuidados generales, de las enfermeras y enfermeros con una experiencia profesional mínima de un año en centros, servicios e instituciones sanitarias de gestión directa dependientes y adscritos a Sanidad.

Sanidad habilitará otras vías precisas para realizar también la acreditación de los profesionales del sector privado y a través de la superación del curso de adaptaciónSegún el documento, para conseguir en la acreditación en en el ámbito de los cuidados generales, es necesario estar en posesión del título de Grado en Enfermería, de Diplomatura en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente; y cumplir con uno de estos requisitos: acreditación de una experiencia profesional mínima de un año como enfermera o enfermero; o superación de un curso de adaptación adecuado, ofrecido de manera gratuita por la consejería competente en materia de sanidad. En el ámbito de los cuidados especializados, se necesita estar en posesión del título de Grado en Enfermería, de Diplomatura en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente; o del título de Enfermera o Enfermero Especialista a que hace referencia el artículo 1 del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, en relación con aquellas previstas en su artículo 2, y cumplir también el requisito de un año de experiencia o superación del curso.

Contra el decreto

Este proceso, como la orden de julio de 2019 y el propio Real Decreto 13/2018, no está exento de polémica. Según señala a DM Andrés Cánovas, secretario general del Sindicato Médico (CESM-CV), “este decreto autonómico es el desarrollo del RD y, por ello, no podemos estar de acuerdo… como no lo estábamos en el origen del proceso”. En concreto, su oposición al RD se basaba en que “implantaba el uso autónomo por parte de la enfermería de fármacos sometidos a receta médica, no de modo específico, extraordinario o en el marco de protocolos consensuados. Lo autorizaba en todos los casos salvo los expresamente excluidos”. A esta crítica se sumó otra que se hizo al aprobarse la orden de julio de 2019 en la Comunidad Valenciana, donde alertaban que “la prescripción enfermera devalúa la prescripción médica y además pone en riesgo la salud de la población expuesta, por motivos ajenos a la eficiencia asistencial”.

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