El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto regula la especialidad MIR de Medicina Legal y Forense. Esta regulación repercutirá en la adecuación de los conocimientos profesionales de estos profesionales a los avances y medios tecnológicos actuales.
Las comunidades autónomas han participado en la elaboración de esta norma y el texto ha sido sometido al Consejo Médico Forense, a la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, al Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud y al Consejo General del Poder Judicial.
El sistema de Residencia para el acceso a este título comprenderá formación tanto teórica como práctica en un período formativo de cuatro años que serán cursados en las unidades docentes acreditadas de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses dependientes del Ministerio de Justicia o de las comunidades con competencias transferidas y también en los centros hospitalarios de referencia..
El programa formativo será elaborado y actualizado por la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Legal y Forense, y recogerá la obligación de que los residentes realicen períodos de rotación durante dos años. La Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad será la encargada de resolver las solicitudes de acreditación de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, como unidades docentes para impartir la formación especializada. Y, el acceso al sistema formativo de Residencia para la obtención del título de especialista en Medicina Legal y Forense se realizará mediante la convocatoria pública anual de carácter nacional.
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