jueves, 3 de diciembre de 2020

Sólo un 4% de los contagios Covid-19 a sanitarios se reconocen como accidente laboral

Profesión
nuriamonso
Jue, 03/12/2020 - 17:11
Datos del Ministerio de Trabajo
sanitario con epi sentado en la cama
Instante en el hospital durante la pandemia de coronavirus.

Apenas se están reconociendo los contagios por covid-19 entre personal sanitario como accidentes de trabajo a pesar de la alta incidencia en este colectivo, según ha denunciado CCOO este jueves. Sólo un 4% de los casos entre este colectivo tendrían este reconocimiento, según ha estimado Diario Médico.

Según un adelanto de los datos del Ministerio de Trabajo sobre accidentes del trabajo relacionados con la Covid-19 que ha facilitado el sindicato, desde enero hasta septiembre sólo se han reconocido 2.698 partes de accidente de trabajo, de los cuales 2.527 estarían vinculados al ámbito sanitario y sociosanitario.

Esos 2.527 partes de accidente laboral supondrían un 4% de los 63.149 sanitarios contagiados desde el inicio de la pandemia que le constaban al Ministerio de Sanidad el pasado 1 de octubre.

CCOO considera que este número es paumérrimo y es achacable a que debe ser el propio trabajador el que demande el reconocimiento como accidente de trabajo, en lugar de ser de oficio como reclama el sindicato. "Necesitamos normas claras, y no lo están", critica Antonio Cabrera, secretario de Sanidad de CCOO.

Recientemente UGT también denunciaba que los profesionales estaban teniendo problemas para que los servicios de prevención laboral faciliten el informe preceptivo para este parte de accidente. La lógica que están aplicando, según el sindicado, es que al tener el equipo de protección individual (EPI) puesto, el contagio no sería achacable al ámbito laboral. 

El problema, apunta Cabrera, es que al considerar la mayoría de los casos como una enfermedad común y no como accidente laboral, "esto dificulta su reconocimiento futuro como enfermedad profesional y, por tanto, un seguimiento a largo plazo que tenga en cuenta las secuelas", explica Cabrera, que señala que los casos se están llevando uno a uno.

Además, se da otra circunstancia. Si bien en la sanidad pública la infección Covid-19 se considera una enfermedad común asimilable a accidente laboral a efectos económicos de forma automática, esto no sucede en el ámbito sociosanitario, donde se están cobrando estas bajas como una IT común, apunta Cabrera.

Hay que señalar además que según la última instrucción de la Seguridad Social, se excluye del accidente de trabajo al personal que "trabajando en centros sanitarios o socio-sanitarios desempeñe otras funciones distintas a la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios (a título de ejemplo se puede mencionar: el personal administrativo, el personal de limpieza, celadores, etc.)."

Es posible, según CCOO, que al menos en el caso de los celadores la situación cambie, pero en general Cabrera defiende que "se deben tener en cuenta los puestos de trabajo que impliquen un contacto directo con el paciente, y no las categorías profesionales".

Ámbitos de contagio

Hay que tener en cuenta que desde el 11 de mayo, el Ministerio de Sanidad incluye en sus informes sobre los contagios a sanitarios el ámbito probable de contagio. En el informe del 1 de octubre, constaban 12.729 profesionales contagiados, de los cuales sólo 2.154 eran achacables al ámbito laboral, o sea, el 16,92%

El informe no obstante también incluye otras 3.430 infecciones en centros sanitarios y sociosanitarios -no indica por qué no se incluyen en el laboral-, 1.651 en el ámbito domiciliario, 1.017 en otros -entre ellos, el social-, y 4.458 de origen desconocido. 

CCOO llama la atención también sobre la fecha de reconocimiento de esos accidentes laborales: la inmensa mayoría de los casos se han notificado durante la segunda ola de la pandemia. Del total de accidentes de trabajo, sólo 305 se enmarcan temporalmente de febrero a mayo, o sea, la primera ola. Los 2.393 restantes serían de la segunda, y sólo en agosto y septiembre 1.877, o sea, el 70% del total.

Esta diferenciación temporal es importante porque puede corresponderse a todos los cambios que ha habido en cuanto al reconocimiento de la Covid-19 como accidente laboral en sanitarios, que ha ido cambiado a lo largo del año, recuerda Silvia Durán, delegada de Prevención y coordinadora de delegados de Amyts.

Amyts -y por extensión CESM- ha defendido siempre que el coronavirus debía entenderse como una enfermedad laboral. Y, según el sindicato, éste era de facto el reconocimiento desde 2006, pero el Gobierno estableció en el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo que la baja sería asimilable a un accidente laboral a efectos económicos.

"Cuando los sanitarios prácticamente sólo de dedicaban a ir a trabajar a los centros, en plena primera ola, era enfermedad común, sin importar las secuelas. Con lo cual, eso implicaba que no iba a haber adaptación al puesto con toda la patologías secundaria que estamos viendo en la covid, como la disnea", apunta Durán.

A partir del 26 de mayo esto cambió cuando se estableció que, bajo informe de Prevención de Riesgos laborales, la infección sería accidente laboral a todos los efectos para el personal de centros sanitarios y sociosanitarios. "Pero al ser accidente laboral, la carga de prueba recae en el paciente, en este caso el profesional. ¿Cómo lo haces si el periodo de incubación puede ser de 10 días? En una enfermedad profesional, la carga de demostrar que el contagio ha sido fuera del entorno laboral recae sobre la empresa".

A partir del 21 de julio, o sea, un mes después de decaer el estado de alarma, se volvía a la situación de enfermedad común, aunque posteriormente se volvió a dar validez al posible reconocimiento de accidente de trabajo desde el de 1 agosto.

Las ventajas del reconocimiento como enfermedad profesional

Para Durán, el accidente laboral "tiene una causa-efecto directa. Un virus con un periodo de incubación, como éste, no tiene una causa-efecto tan clara. Al contrario que con la enfermedad profesional, el accidente de trabajo no tiene en cuenta el periodo de observación de enfermedad profesional y no se vigila en el tiempo, por lo que si tienes una secuela un mes después, no estaría incluido".

Amyts reclamará este reconocimiento a nivel judicial en España y probablemente también a nivel europeo, donde, según Durán, se sigue el criterio de la Organización Mundial de la Salud de considerarlo una enfermedad profesional. Tiene el respaldo, por ejemplo, del Defensor del Pueblo, y han conseguido que saliera adelante una PNL en la Asamblea de Madrid.

Por el contrario, Seguridad Social rechaza de momento esta consideración. Según una respuesta que dio al Defensor del Pueblo, la doctrina judicial respecto a enfermedades infecciosas en periodos de pandemia, como la gripe, es la de rechazar que se conviertan en enfermedad profesional, considerando que al ser infecciones generalizadas sería excesivo este reconocimiento.

Según datos del Ministerio de Trabajo, desde enero hasta septiembre sólo se han reconocido 2.527 accidentes de trabajo por el contagio de Covid-19 en servicios sanitarios y sociosanitarios. covid-19 Off Nuria Monsó. Madrid Profesión Profesión Profesión Off

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