viernes, 26 de febrero de 2021

Derogado parcialmente el decreto aragonés de AF a residencias

Política y Normativa
carmentorrente
Vie, 26/02/2021 - 11:22
Recurso
Control de temperatura en residencia de la tercera edad.
Control de temperatura en residencia de la tercera edad.

La Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) se congratula de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón haya anulado parcialmente el decreto 92/2019 de Aragón, en línea con el recurso presentado por la patronal. Su artículo 4.1 obliga a que todos los centros sociales de cien o más camas tengan la obligación de disponer de un servicio de farmacia propio o un depósito vinculado de medicamentos, lo que contraviene la norma nacional, el Real Decreto-Ley 16/2012, que limita la obligación a los centros sociales de cien o más camas en régimen de asistidos. El tribunal declara nulo dicho artículo 4.1 del decreto aragonés, por "ampliar la exigencia legal al extenderla a centros respecto de los que aquella no lo preveía" y añade que "no se trata de que mejore la asistencia, como dice el letrado de la Diputación General de Aragón (DGA), sino de que lo que impone, para obtener esa mejora, es una obligación a las residencias que la norma con rango de ley no prevé, incurriendo en una extralimitación".

Ese fue el argumento esgrimido por FEFE en su recurso -impugnó el decreto asistida por el despacho de abogados López Rodó & Cruz Ferrer-, que ahora hace suyo el tribunal y lo justifica transcribiendo parcialmente el propio contenido de la demanda, como señala la patronal. La sentencia, que ha sido notificada a la partes el 24 de febrero de 2021, aún es susceptible de casación en el plazo de 30 días.

FEFE señala en comunicado que tanto el Gobierno de Aragón (Diputación General) como el Consejo de COF de Aragón se opusieron al recurso, al entender ambos que el decreto era plenamente conforme a derecho.

La Asociación Aragonesa para la Dependencia (ARADE), que gestiona centros privados en las tres provincias aragonesas, también presentó recurso en 2019 al considerar que esta obligatoriedad de contar con servicio de farmacia propio acabaría con la inmediatez de muchas situaciones: "No lo va hacer nadie, porque se necesitarían unas instalaciones, contratar a un farmacéutico, o depender de un depósito de un hospital de referencia. Estos centros no van a poder seguir trabajando con sus farmacias habituales y, aparte, les va a llegar la medicación, no como servicios personalizados de dosificación, sino en cajas que van atener que gestionar", señalaba.

En un principio, las oficinas de farmacia se opusieron también a este decreto, cuando estaba en fase de proyecto, ya que la intención era dejarlas solo la atención farmacéutica de residencias hasta 49 camas. Pero finalmente no fue así, aunque el decreto aragonés las hace concursar para poder vincularlas el depósito de una residencia, como figura en su artículo 17.

El TSJ de Aragón considera que vulnera la norma estatal, ya que esta obliga a tener servicio de farmacia propio o depósito vinculado solo a centros en régimen de asistidos. Off Carmen Torrente Villacampa Profesión Farmacia Comunitaria Política y Normativa Off

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