lunes, 6 de febrero de 2023

Doce años y medio después, el Constitucional decide sobre una ley del aborto sin esperanza de vida: claves para entender el proceso

Política y Normativa
soledadvalle
Mar, 07/02/2023 - 06:55
Constitucional
Los miembros del Tribunal Constitucional con su presidente, Cándido Conde-Pumpido, en primer plano. FOTO: ANTONIO HEREDIA
Los miembros del Tribunal Constitucional con su presidente, Cándido Conde-Pumpido, en primer plano. FOTO: ANTONIO HEREDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional comienza esta semana a debatir sobre la constitucionalidad de la ley del aborto, la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Han pasado doce años y medio desde que un grupo de diputados del Partido Popular presentó un recurso de inconstitucionalidad a la ley cuando estaba recién salida del horno legislativo. Esta demora en la resolución del recurso ha hecho que ni la ley recurrida sea la misma ni, probablemente, la sociedad.

Además, el Tribunal Constitucional aborda la sentencia sobre la ley cuando ésta afronta una profunda reforma, tramitada por la vía de urgencia, y que previsiblemente entrará en vigor en pocas semanas. El miércoles, 8 de febrero, la reforma se votará en el Pleno del Senado y pasará al Congreso para su aprobación definitiva

De modo que las circunstancias que rodean la resolución de este recurso son tan excepcionales que merecen explicaciones claras de lo que se sabe y de lo que no para entender el alcance de la decisión del Tribunal.

(Ah, y sí, la decisión que tome el Constitucional en su sentencia tendrá implicaciones para el ejercicio de la Medicina, aunque habrá que esperar a conocer el fallo para saber más. Pero, antes de llegar a esa parte lo mejor es empezar por el principio). 

¿Por qué se va a resolver ahora el recurso contra la ley del aborto?

El presidente del Tribunal Constitucional es quien decide el orden del día de los plenos, es decir, prioriza los temas.

Cándido Conde-Pumpido al poco tiempo de tomar posesión de su cargo como presidente del Constitucional fijó como prioridad los temas de especial trascendencia social y aquellos que llevaban esperando más tiempo una sentencia. El recurso de la ley del aborto cumplía los dos criterios.

Cándido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional

También tienen fecha de debate los dos recursos presentados a la ley de la eutanasia, que está previsto que se vean los días 21, 22 y 23 de febrero. 

¿Cuál es la cuestión nuclear de este recurso?

La cuestión principal del recurso es saber si una ley de plazos para abortar, como es la Ley 2/2010, que admite el aborto libre durante las 14 primeras semanas, es constitucional. Y en esta valoración el Tribunal debe dejar claro cuál es la protección del embrión frente a la decisión de la madre de abortar. 

Hasta ahora, la doctrina del Constitucional ha defendido que la ley de supuestos tasados (violación, malformaciones...) para abortar es la que recoge el espíritu de la Constitución, según figura en su sentencia de 1985.

En dicha resolución, el Tribunal dijo que el nasciturus no tiene condición de persona ni de sujeto de derecho y obligaciones -algo que solo ocurre después de nacer, de acuerdo con el Código Civil-, pero también apuntó que "es un bien jurídico protegido constitucionalmente". Algo que, según los juristas consultados, quiere decir que el nasciturus "debe de ser objeto de una protección adecuada". Y, si el aborto depende de manera exclusiva de la voluntad de la madre, ¿dónde está esa protección?

En definitiva, una ley de supuestos, como era la anterior ley del aborto, respondía mejor a la doctrina del Constitucional pues en ella se ponderaban los valores en juego (los de la mujer y los del no nacido), recogiendo supuestos donde sí se admitía el aborto por entender que prevalecía el interés de la mujer. Por eso, ante la presente ley de plazos, el Constitucional tendrá que elaborar una nueva doctrina.

En definitiva, la sentencia que se dicte tendría que justificar la preeminencia de la voluntad de la madre respecto del embrión, si se resuelve su constitucionalidad, como todo parece indicar. 

De hecho, esta es la parte de la sentencia más importante, porque, a priori, el resto de cuestiones fácilmente van a quedar difuminadas ya que es importante saber que el Constitucional está decidiendo sobre una ley con una corta esperanza de vida, por la reforma en ciernes. 

De modo que la pregunta está clara: ¿es constitucional un sistema de plazos? 

¿Cuál es el procedimiento para dictar sentencia?

El magistrado Enrique Arnaldo es el ponente de la sentencia y, por tanto, el que ha elaborado una propuesta de resolución, que tienen en su poder el resto de magistrados desde hace varios días para estudiarla antes del debate que comienza esta semana. 

Enrique Arnaldo, magistrado del Constitucional encargado de redactar la ponencia sobre la ley del aborto. FOTO: ANTONIO HEREDIA.
Enrique Arnaldo, magistrado del Constitucional encargado de redactar la ponencia sobre la ley del aborto. FOTO: ANTONIO HEREDIA.

Arnaldo defenderá y explicará su propuesta de resolución y ahí se abrirá una discusión. De modo que el adelanto de sentencia del magistrado, que pertenece al grupo conservador de la cámara, puede ser rechazada en su totalidad o en parte o ser aceptada. Según apuntan fuentes del Tribunal, las cuestiones que preceden a la ley del aborto en el orden del día del Pleno de este martes, 7 de febrero, hacen casi imposible que la norma empiece a tratarse el mismo martes. Así, con más seguridad, será el miércoles cuando los magistrados enfrenten el asunto y, también según indican desde el Tribunal, su decisión definitiva puede demorarse varios plenos.

Si no hay acuerdo sobre la ponencia, Arnaldo puede emitir un voto particular o echarse a un lado para que el Tribunal designe a otro ponente con otra propuesta de resolución.  

Para que haya sentencia definitiva la decisión debe contar, al menos, con el voto a favor de seis magistrados frente a cinco. La composición actual del Pleno es de once magistrados, porque permanece sin cubrir la plaza del magistrado Alfredo Montoya, que causó baja en verano por motivos de salud, y cuya nueva designación corresponde al Senado.

Magistrados recusados

Sin embargo, en este proceso cuatro magistrados han sido recusados por diputados del Partido Popular porque consideran que sus responsabilidades y manifestaciones anteriores les inhabilitan para votar con imparcialidad sobre la ley. Han sido recusados Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, Inmaculada Montalbán y Concepción Espejel. De ellos, Espejel ha dado un paso al frente y ha anunciado al Pleno que se abstendrá en la votación. 

La magistrada Concepción Espejel, que ha admitido apartarse de la decisión sobre la ley del aborto, aunque la decisión final sobre su postura la tiene el Pleno. FOTO: ANTONIO HEREDIA
La magistrada Concepción Espejel, que ha admitido apartarse de la decisión sobre la ley del aborto, aunque la decisión final sobre su postura la tiene el Pleno. FOTO: ANTONIO HEREDIA

Sin embargo, la última decisión sobre estas recusaciones, incluso sobre la postura de abstenerse de la magistrada Espejel, la tiene el pleno del Tribunal. Es decir, la mayoría de los magistrados decidirá sobre si apartan a estos magistrados de votar sobre la constitucionalidad de la ley del aborto. De acuerdo con el equilibrio de fuerzas que existe en el Constitucional, las recusaciones no parecen que vayan a prosperar. Incluso hay dudas razonables de si la mayoría aceptará que Espejel quede apartada, como ella ha pedido. 

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