viernes, 22 de diciembre de 2023

El SAS, condenado a indemnizar con 200.000 a la familia de una mujer que falleció en Urgencias esperando ser atendida

Política y Normativa
soledadvalle
Jue, 21/12/2023 - 22:44
Servicio Andaluz de Salud (SAS)
Sala de espera de hospital.
Sala de espera de hospital.

¿Qué pudo pasar para que una paciente calificada en el triaje de Urgencias de nivel dos (atención no demorable más de 15 minutos, según el protocolo del Servicio Andaluz de Salud) falleciera en la sala de espera más de una hora después, sin recibir atención?

La mujer tenía 74 años y fue trasladada desde la residencia Sierra de Alhama al servicio de Urgencias del Hospital Torrecárdenas (Almería) en una ambulancia y acompañada de su marido.

El informe de Enfermería de la residencia justificó el traslado, porque presentaba "estado estuporoso". Había tenido fiebre el día anterior que remitió con paracetamol y una saturación de oxígeno que había bajado por momentos al 85%. Llegó al hospital a las 12:41, de un día de abril de 2019, y fue calificada en el triaje de riesgo dos, que hacía evidente un compromiso vital que exigía una atención médica por debajo de los 15 minutos.

Pasó a la sala de espera acompañada de su marido, al que se la advirtió que, ante cualquier empeoramiento, avisara a los auxiliares de sala. A las 14:20 llegó su hija y vio que no respondía a estímulos. La tumbó y una facultativa empezó la reanimación cardiovascular. El fallecimiento, según el informe de la autopsia, fue entre las 13:30 y las 14:00 horas, consecuencia de un edema agudo pulmonar secundario a una insuficiencia cardiaca. El marido no se dio cuenta de que su mujer, que estaba a su lado, había dejado de respirar.

Sin pérdida de oportunidad

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Almería ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 200.000 euros al viudo y a los cuatro hijos de la fallecida, porque reconoce una relación directa entre la muerte de la paciente en el servicio de urgencias y la falta de atención médica. De modo que no aplican la doctrina de la pérdida de oportunidad, que hubiera reducido la indemnización, como pedía la parte demandante. 

Lejos de admitir los argumentos del SAS y de su aseguradora, la jueza hace un reproche muy duro a algunas de las explicaciones que hilvana la defensa de la Administración para justificar la falta de atención de la paciente. 

Los dos argumentos del SAS

La saturación del servicio de urgencias de ese día y errores técnicos con fallos de la centralita impidieron que el médico que debía atender a la paciente pudiera verla a tiempo. Estos dos fueron los principales argumentos de la defensa.

Además de apuntar, como cuestionable, que el triaje de la paciente se hubiera hecho bien, exponiendo que quizás su situación no requería una consideración de nivel II, sino de menor gravedad, y explicando su fallecimiento como de muerte súbita.

Intento "casi amoral" de justificación 

Lo que saca de quicio a la jueza es el razonamiento de la defensa de "culpar en cierto grado al esposo de la finada por no percatarse de que su mujer estaba teniendo un edema agudo de pulmón o que no respiraba". A lo que la sentencia dice: "no solo resulta absurdo [la acusación anterior], sino que se revela como un intento casi amoral y desesperado de negar la mayor, una paciente que fallece en la sala de espera de urgencias de un Hospital, con riesgo de urgencia vital y sin ser atendida por nadie".

Continúa con el reproche a la Administración, al señalar en la sentencia que "la pregunta que debe hacerse no es por qué el marido no se percató, sino dónde estaba el médico que debía atenderla en menos de quince minutos y dónde estaba el personal auxiliar de vigilancia de la sala de espera". 

En cuanto a los dos argumentos principales de la parte demandada. La jueza afirma que la Administración no ha acreditado con datos que el día que la fallecida acudió al hospital hubiera una presión asistencial por encima de lo normal y eso que, según recuerda, "era fácil para la parte demandada extraer del sistema informático el número exacto de pacientes clasificados en cada nivel ese día y la hora a la que llegaron al hospital y a la que finalizó su atención y, sin embargo, no se ha aportado"

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Pero es que, además, la sentencia señala que en este caso no es que hubiera demora en la atención, es que, realmente, la paciente no hubiera sido aten
Con un nivel II en el triaje debió recibir una atención en 15 minutos, máximo, pero pasó más de una hora sin verla un médico y cuando se dieron cuenta había fallecido. Off Soledad Valle Off

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