miércoles, 10 de julio de 2019

La obligación del médico es de medios también en Odontología

La responsabilidad del profesional médico es de medios y como tal no puede garantizar un resultado concreto. Usted debe poner a disposición del paciente los medios adecuados comprometiéndose no solo a cumplimentar las técnicas previstas para la patología en cuestión, con arreglo a la ciencia médica adecuada a una buena praxis, sino a aplicar estas técnicas con el cuidado y precisión exigible de acuerdo con las circunstancias y los riesgos inherentes a cada intervención.

Los médicos actúan sobre personas, con o sin alteraciones de la salud y la intervención médica está sujeta, como todas, al componente aleatorio propio de la misma, por lo que los riesgos o complicaciones que se pueden derivar de las distintas técnicas de cirugía utilizadas son similares en todos los casos y el fracaso de la intervención puede no estar en una mala praxis cuanto en las simples alteraciones biológicas.

En la conducta de los profesionales sanitarios queda, en general, descartada toda clase de responsabilidad más o menos objetiva.

En el presente caso estando ante una cuestión médica, se atenderá a los informes periciales aportados a los autos, siendo fundamental, por tanto, disponer de un perito especialista que acredite su buena actuación.

Es importante atender al estado bucodental previo de la paciente, si era precario, si tenía mala higiene, tabaquismo… Igualmente, es fundamental comprobar si se han realizado las pruebas necesarias para el diagnóstico previo, mediante un estudio radiográfico, así como haber informado a la paciente de los riesgos y complicaciones que se podían derivar del tratamiento.
Si todo lo anterior se ha cumplido, en principio, no debería haber estimación de la demanda.

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