jueves, 11 de julio de 2019

Un juzgado obliga a reanimar a la paciente del Hospital Príncipe de Asturias, de Alcalá

El Juzgado de Instrucción número 6 de Alcalá de Henares ha dictado un auto en el que admite la petición de que se reanime a una paciente, en contra del criterio mantenido por el equipo médico del Hospital Príncipe de Asturias, de Alcalá de Henares que la está atendiendo.

La enferma tiene 54 años está ingresada en el centro, en situación clínica muy compleja, con una enfermedad neurodegenerativa desde hace más de 20 años. El equipo sanitario del hospital informó a la familia de que si entraba en crisis la buena praxis médica indicaba no reanimarla, sin embargo los familiares no estaban de acuerdo con esta decisión.

“Se trata de una paciente con deterioro basal severo física y psíquicamente con dependencia total para todas las actividades básicas de la vida diaria”

La discrepancia ha traspasado el ámbito hospitalario y ha teminado con un procunciamiento judicial, con fecha de miércoles, 10 de julio. En un auto, que admite recurso, el juzgado decide “que se proceda por parte de facultativos médicos del Hospital Universitario de Alcalá de Henares donde se encuentra ingresada Sra. María Teresa Blanco, a la aplicación del tratamiento medico correspondiente ,en su caso, RCP [reanimación cardiopulmonar, en el momento en el que, eventualmente, la paciente lo pudiera necesitar por su evolución clínica”.

De este modo, el juzgado admite los argumentos presentados por la familia de la paciente, que han contado con la asistencia jurídica de la Asociación Española de Abogados Cristianos. Para alcanzar esa conclusión, el juez ha valorado el informe médico aportado por el hospital y del que extrae la siguientes conclusiones. Por un lado confirma que la paciente “en el momento actual no posee capacidad de decisión”.

A partir de ahí, el auto razona que: “Desde el punto de vista médico, la toma de decisiones clínicas se establece en los principios éticos que regulan la práctica clínica y los criterios clínicos, donde la decisión de aplicar o NO la RCP [reanimación cardiovascular] avanzada en este caso se establece en torno a recomendaciones genéricas consensuadas. Se trata de una paciente con deterioro basal severo física y psíquicamente con dependencia total para todas las actividades básicas de la vida diaria. Dicho trastorno es permanente e irreversible de largo tiempo de evolución , institucionalizada en un centro hasta su ingreso. El ingreso actual está motivado por una complicación grave inherente a su enfermedad, que por si misma puede provocar el fallecimiento. Ha recibido en todo momento el tratamiento adecuado y los cuidados necesarios, según consta en los evolutivos médicos a fecha 8.7.2019 presenta mejoría clínica. La aplicación o no de RCP debería estar motivada ad hoc  en base a la evolución clínica de la paciente”.

El juzgado razona que “siendo el estado basal de la Sra. Blanco de deteriorio basal severo física y psíquicamente, encontrándose en el momento actual estable clínicamente y presentando a fecha de 8 de julio una evolución clínica favorable, no existe razón o justificación estrictamente médica o al menos no se expone en los informes remitidos por el centro hospitalario HUPA, para dejar de aplicar el tratamiento correspondiente, en su caso la RCP, al momento que eventualmente la paciente lo necesite”.

Por otro lado, este caso ha abierto un debate deontológico dentro de la profesión médica. Al conocer la decisión judicial, Juan José Rodríguez Sendín, presidente de la Comisión Deontológica de la OMC, ha declarado: “Reanimar a esta enferma sería hacer una mala praxis. Estos casos son frecuentes, pero la mayoría no trascienden a los medios de comunicación como ha ocurrido con éste. Cuando una familia se empeña en un encarnizamiento terapéutico los médicos hacen un ejercicio de explicación de la situación y en la mayoría de los casos las familias lo entienden y apoyan el trabajo de los profesionales”.

“Los medicos por encima de todo defendemos a los pacientes y buscamos lo mejor para ellos. No tiene sentido alargar el sufrimiento y la agonía para nada”, por mucha que lo pida la familia y acuda a los tribunales, ha apostillado.

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