miércoles, 22 de abril de 2020

Cinco sanitarios encausados por el fallecimiento de un paciente en una intervención de amígdalas

Política y Normativa
soledadvalle
22/ 04 / 2020
praxis médica
Un equipo de sanitarios durante una cirugía

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado un auto por el que encausa a cinco profesionales sanitarios por la muerte de un paciente en una operación de amígdalas practicada el 27 de enero de 2014 en el Hospital Comarcal de Vinaròs.

El juzgado instructor, el número 4 de Vinaròs, acordó el 14 de enero de 2019 continuar la causa por el trámite de procedimiento abreviado contra dos cirujanos y dos enfermeras, al apreciar indicios de un delito de homicidio por imprudencia en su actuación profesional.

Los investigados olvidaron supuestamente retirar una gasa de la garganta de la víctima tras la intervención, lo que pudo provocar una obstrucción y un filtrado de sangre hacia sus pulmones y su posterior fallecimiento por asfixia.

Ahora, la Sección Segunda de la Audiencia castellonense ha confirmado parcialmente el auto del juzgado, pues hace también extensiva la continuación del proceso respecto a una anestesista y deja por tanto sin efecto el archivo de las diligencias acordado respecto a ella por el instructor.

Detalles del auto

El auto de la Audiencia de Castellón es muy ilustrativo en cuanto al reparto de responsabilidades en un acto médico conjunto, como es una intervención quirúrgica, y el posterior posoperatorio. Dice: "El hecho de que un médico incurra en negligencia no tiene porqué excluir aquella en que pudiera haber incurrido un auxiliar, ni absorberla hasta hacerla irrelevante. Hay que acudir a cada caso concreto, verificando desde el cometido o contenido del deber profesional que justifica que un auxiliar tenga que estar presente y deba intervenir (o sea, es funcionalmente necesario allí donde está), y verificar cómo intervino o dejo de hacerlo, para seguidamente enjuiciar si existe relación de causalidad penal".

En este sentido, el texto de la Audiencia razona que "podrá ser responsabilidad de un cirujano la retirada del instrumental que va empleando, pero por estar metidos en tareas de evidente meticulosidad, y porque pudiere cometer errores, está la operación final de"contaje" [de compresas o gasas] tendente a evitarlos. Es una medida de seguridad que en sí misma, entraña o parte del riesgo posible del que se habla, luego no puede obviarse. Y los cirujanos deberán igualmente interesarse al finalizar por que el contaje  [de las gasas] cuadre".

Respecto a esta última cuestión parece que, según dice el auto, "no hubo contaje inicial según se desprende del rellenado de la hoja de enfermería alf. 57 de la causa, de modo que no se supo con qué número de gasas o compresas se inició la intervención."

La causa del fallecimiento, según el informe forense, fue de asfixia mecánica: sofocación por oclusión intrínseca de las vías respiratorias y la causa inmediata la anoxia anóxica consecuencia de la presencia en vías respiratorias de sangre aspirada procedente de la cavidad orofaríngea derivada del acto quirúrgico y post quirúrgico inmediato, lesión esta que tuvo la consideración de mortal por mecanismo directo".

En definitiva, el auto razona con detalle todo el proceso para llevar al juicio en calidad de acusados a cinco sanitarios, incluyendo a la anestesista inicialmente exculpada. 

La resolución de la Sala, contra la que no cabe recurso, pone así fin a la investigación e implica que las partes deban presentar sus escritos de acusación o bien solicitar el sobreseimiento de la causa.

La Audiencia Provincial de Castellón dicta un auto de apertura del juicio y reflexiona sobre las responsabilidades sanitarias en una intervención donde, todo parece indicar, que se olvidó una gasa en la garganta del paciente. Los acusados son dos enfermeros, dos cirujanos y una anestesista. Off Soledad Valle Profesión Profesión Política y Normativa Off

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