viernes, 2 de octubre de 2020

¿Puedo acceder como médico a la historia clínica de mi cuñado?

Consulta
soledadvalle
Vie, 02/10/2020 - 11:39
Intimidad
Historia clínica

Acceder a la historia clínica de su cuñado podría constituir un delito de revelación de secretos, actuación penada por los artículos 197.2 y 198 del Código Penal. Ahora bien, lo fundamental es determinar si el dato obtenido con el acceso ilegítimo puede calificarse como “dato sensible”, capaz por sí mismo de producir un perjuicio.

En este sentido, la jurisprudencia del Tribunal Supremo distingue entre datos “sensibles” y los que no lo son, precisando que los primeros son por sí mismos capaces de producir un perjuicio típico, por lo que el acceso a ellos comportaría ya ese daño a su derecho a mantener los secretos ocultos (intimidad) integrando el “perjuicio” exigido. 

Mientras que en los datos “no sensibles” no es que no tengan virtualidad lesiva suficiente para producir el perjuicio, sino que debería acreditarse su efectiva concurrencia”.

Los datos sensibles son aquellos que, de divulgarse  de manera indebida, afectarían a la esfera más íntima del ser humano. Ejemplos de este tipo de datos son: el origen racial o étnico, el estado de salud, la información genética, las creencias religiosas, filosóficas y morales, la afiliación sindical, las opiniones políticas y las preferencias sexuales. 

En el ámbito penal debemos considerar si la conducta enjuiciada ha producido un menoscabo sustancial en el bien jurídico tutelado por el tipo recogido en el artículo 197.2 del Código Penal, que, conforme a la doctrina jurisprudencial, es la privacidad o autodeterminación informática proyectada sobre los datos personales, a que se refiere el artículo 18.4 de la Constitución española. 

En este contexto resulta ilustrativa la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de junio de 2019, que distingue entre si se ha producido o no “una fundada y grave afectación del bien jurídico protegido”. 

Lo cierto es que si no se accede a ningún dato sensible de la salud, sino que únicamente se obtiene la información de si es paciente o no en el centro de especialidades, resultaría difícil probar qué perjuicio se causa con tal acceso. No obstante, le recomendamos que no acceda.

Soy médico en un centro de especialidades, y tengo la sospecha de que mi cuñado podría estar acudiendo a ser tratado de alguna patología de la que la familia de mi esposa no tiene conocimiento. Quisiera saber si siendo facultativo de dicho centro puedo acceder a su historia clínica, únicamente con el fin de saber si efectivamente está siendo objeto de tratamiento por algún servicio de este centro, sin entrar en más detalles, o esto podría suponer algún tipo de responsabilidad penal.
S.R.S. (Madrid)
Off Antonio Sánchez Hurriaga, abogado del Despacho Fornes Abogados Consulta Off

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