sábado, 3 de octubre de 2020

¿Qué ocurriría con el permiso por contraer matrimonio si coincide con la baja por maternidad?

Consulta
gemasuarez
Sáb, 03/10/2020 - 08:00
Laboral
boda

Soy trabajadora de una farmacia situada en Barcelona. Me gustaría conocer qué tipo de permisos me corresponderían por matrimonio y, en caso de que me coincidiese con la baja por maternidad, ¿lo podría disfrutar? M. B. Barcelona.

En caso de matrimonio, el estatuto de los trabajadores regula en su artículo 37.3.a) que los trabajadores tienen derecho a un permiso de 15 días naturales por matrimonio, es decir, que en estos días se incluyen los festivos. Además, en relación con el convenio colectivo que le es de aplicación también, se regula en su artículo 22 los 15 días naturales en casos de matrimonio.

Cabe destacar, que, para poder disfrutar del permiso de matrimonio retribuido, deberá avisar con la suficiente antelación. La normativa laboral no regula un preaviso concreto, de modo que debe ser un preaviso prudente antes de la fecha de matrimonio.

Referente al cómputo, los tribunales han establecido que la fecha del matrimonio debe estar incluida en los 15 días, salvo que se celebre en día no laborable para el trabajador, en cuyo caso el plazo comienza a contar desde el primer día laborable.

En cuanto a la situación de celebrarse el matrimonio con el contrato suspendido por maternidad, la respuesta es que sí tiene derecho a disfrutar del permiso por matrimonio cuando finalice el permiso por maternidad, ya que, de lo contrario, se produciría una discriminación directa por razón de sexo.

Off Responde: Durán-Sindreu Asesores Farmacia Comunitaria Off

via Noticias de diariomedico.... https://ift.tt/34oTjPr

No hay comentarios:

Publicar un comentario