domingo, 15 de septiembre de 2024

Indemnización de 1,5 millones al considerar tres víctimas en un parto negligente cada una por derecho propio

Política y Normativa
saradomingo
Dom, 15/09/2024 - 08:00
Sentencia

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Oviedo que condenó a la aseguradora del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) a indemnizar con 1,5 millones de euros a una familia por los importantes daños cerebrales sufridos por una recién nacida consecuencia de una inadecuada actuación profesional del personal sanitario durante el parto.

El Supremo ha desestimado así en esta sentencia el recurso de casación interpuesto por la aseguradora del Sespa, que solicitaba la revisión de la indemnización establecida por la Audiencia Provincial y da por buenos los argumentos esgrimidos por la representación legal de la familia, a cargo del despacho Galán Cortés Abogados, que sostenía que en este caso las víctimas eran tres, y no solo una, y todas ellas deberían ser objeto de indemnización.

La sentencia confirma la indemnización de un millón de euros para la menor, de 346.000 euros para la madre y de 154.000 euros para el padre, establecidas ya en primera instancia por los daños y perjuicios derivados de la asistencia obstétrica negligente en el momento del parto.

La sentencia fue confirmada en segunda instancia al ser desestimado el recurso de apelación de la aseguradora. Y el Tribunal Supremo resuelve ahora en casación de la doctrina.

Sobre el concepto de víctima

La aseguradora solicitaba una revisión de las cuantías establecidas en la indemnización al entender que superaban el límite máximo de 1.000.000 de euros, recogido en la póliza asegurada, pretensión que no ha sido aceptada por el Tribunal Supremo. La aseguradora fundamentaba esta pretensión en la limitación del concepto de víctima.

Daños durante el parto

En los fundamentos de derecho el Tribunal Supremo recoge que la niña, cuyos padres establecieron la demanda judicial, presentó una encefalopatía hipóxico-isquémica grave, con importantes daños cerebrales, como resultado de una inadecuada actuación profesional del personal sanitario que atendió el parto, y que no se apercibió de las importantes alteraciones del registro cardiotocográfico presentes durante varias horas a lo largo del día del nacimiento, y que advertían de un sufrimiento fetal por hipoxia.

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El Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo y establece como víctimas tanto al bebé como a la madre y al padre, con secuelas psicológicas. Off Covadonga Díaz Off

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