miércoles, 17 de agosto de 2022

La información y firma del consentimiento el mismo día de la prueba no es válido

Profesión
soledadvalle
Mié, 17/08/2022 - 15:21
Mala praxis
La jurisprudencia del Supremo, entre otras en la sentencia del 4 de marzo de 2011, establece que la falta de información implica una mala praxis médica.
La jurisprudencia del Supremo, entre otras en la sentencia del 4 de marzo de 2011, establece que la falta de información implica una mala praxis médica.

La Audiencia Provincial Civil de Madrid ha confirmado la condenado a SegurCaixa Adeslas por falta de información y seguimiento a una paciente que fue sometida a una resección transuretral de vejiga (RTU). Como consecuencia, la aseguradora deberá indemnizar a la reclamante, una mujer de 57 años, con 122.050 euros por las secuelas que le han quedado, derivadas de la intervención y agravadas por la falta de seguimiento posterior.

La Audiencia reconoce como motivos de indemnización la perforación iatrogénica de la vejiga urinaria, la infección grave de origen urológico que necesitó ingreso, la peritonitis difusa que también requirió estancia hospitalaria, eventración post-laparotópica gigante en el abdomen, síndrome de adherencias secundario a los cuadros de peritonitis y drenajes de colecciones purulentas existentes y, además, un síndrome depresivo-ansioso motivado por su situación médica. 

Por otro lado, la condena se centra en la falta de información de los riesgos asociados a la práctica de una RTU, que incluye la perforación que se descubrió en la paciente tras la resección. La perforación vesical en esta prueba se asocia a un riesgo de entre el 2,55 y el 5% de los casos. Y es que, según quedó demostrado en el juicio -aunque en contra del testimonio del servicio de Urología-, la paciente y su hija creían que la intervención consistía en una simple cistoscopia, pues así fueron informadas por el urólogo en la consulta del 11 de marzo de 2011, cuatro días antes de que le hicieran la prueba, que fue el 15 de marzo. 

Documento de consentimiento con dos fechas

Hay un documento de consentimiento informado sobre la resección que se presentó en el juicio y en el que aparecieron dos fechas: 11 de marzo, el día de la consulta, y 15 de marzo, cuando se hizo la prueba. La defensa de la actuación médica argumentó en sede judicial que el consentimiento informado de la resección se envió a la paciente por correo electrónico el día de la consulta, pero esta declaración no estuvo sostenida con pruebas.

De este modo, tanto el juez de instancia como los magistrados de la Audiencia dan credibilidad al testimonio de la hija y dicen: "Es evidente que la paciente no estuvo correctamente informada ni de la necesidad de la prueba ni la forma de intervención ni tampoco de los riesgos de la misma, pues ni consta el envió por email y la propia hija de la actora manifestó que no se recibió". 

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La Audiencia acude a la jurisprudencia de Tribunal Supremo, a una sentencia de diciembre de 2006, que en relación al consentimiento informado dice: "S
La Audiencia Provincial de Madrid confirma la condena a SegurCaixa Adeslas a indemnizar con 122.000 euros por las secuelas no informadas tras una resección transuretral de vejiga. Off Soledad Valle. Madrid Profesión Profesión Profesión Off

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