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viernes, 3 de enero de 2020

El TSJ de Navarra cuestiona que los MIR no formen parte de los servicios mínimos

¿Los MIR tienen o no servicios mínimos durante una huelga? El Tribunal Supremo ha manifestado en varias ocasiones que, por su especial relación, entre laboral y formativa, los servicios de salud no deben contar con los residentes para organizar los servicios mínimos en caso de huelga. El razonamiento es que las tareas asistenciales de los MIR tienen un carácter instrumental al servicio de su formación especializada y, en teoría no tratan de suplir ni completar las que incumben a los médicos en plantilla, que debería ser suficiente para cubrir las necesidades asistenciales. Las huelgas MIR, por tanto, no deberían tener otras consecuencias que las meramente docentes y formativas, según recordó el Alto Tribunal en 2005.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra ha cuestionado recientemente esta interpretación del Supremo, alegando que el contrato que firman los MIR les integra en la organización y, si se reconoce su derecho a huelga, corresponde también que se limite el mismo para mantener la asistencia. Por otra parte, razona, la jurisprudencia del Supremo es anterior al real decreto 1146/2006, que regula la especial relación de residencia del personal de formación sanitaria especializada, conocido por algunos como el ‘estatuto MIR’.

“La finalidad de la contratación de los MIR, que es la formación necesaria para la obtención de la especialidad, no obsta para obviar su condición de trabajadores vinculados con los centros”

El TSJ navarro ha resuelto así un recurso de apelación presentado por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea frente a una sentencia de primera instancia que dio la razón al Sindicato Médico Navarro (SMN) en cuanto a que los residentes no pueden incluirse en la previsión de servicios mínimos.

El tribunal autonómico analiza tanto la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias como el ‘estatuto MIR’ para concluir que “se establece una relación laboral de carácter especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, y en el decreto referido se regula tanto el tipo de contrato laboral, como los derechos y deberes de las partes, los supuestos de suspensión del mismo, faltas y sanciones, etc”.

Reconoce que “la formación en la especialidad correspondiente es la finalidad del contrato de trabajo, pero esta formación se lleva a cabo mediante la suscripción de un contrato entre el centro sanitario y el médico residente, por lo que, desde el punto de vista del ejercicio del derecho de huelga y la correlativa fijación de servicios mínimos, debe atenderse a este aspecto laboral del contrato de formación“.

Por otra parte, argumenta que la jurisprudencia anterior tanto del propio TSJ como del Supremo en la que se basa el fallo de instancia “son anteriores al real decreto 1146/2006”. Concretamente, la última sentencia del Supremo al respecto, según la base de datos pública del Consejo General del Poder Judicial -consultada por este diario-, es de 2005.

No es, obviamente, la primera sentencia que señala que sí deben aplicarse los servicios mínimos a los MIR. Por ejemplo, el tribunal cita jurisprudencia del TSJ de Cataluña del año 2000 (por tanto, también anterior al decreto de los residentes de 2006) que fue ratificada por el Supremo en mayo de 2003.

Según el Supremo, las tareas asistenciales de los MIR tienen un carácter instrumental al servicio de su formación y, en teoría, no tratan de suplir ni completar las de los médicos en plantilla

El tribunal catalán argumentaba que “debe reconocerse la potestad de la autoridad administrativa laboral para acordar el establecimiento de servicios mínimos en la huelga planteada por los MIR, una vez que debe declarase que dicho colectivo de profesionales de la sanidad pública son titulares del derecho de huelga garantizado en el artículo 28.2 de la Constitución, en su condición de empleados públicos, aun dotados de un estatuto especial de naturaleza esencialmente formativa derivado del carácter bifronte de su relación con la Administración sanitaria”. Aparte de que se remite a normativa anterior a la vigente (el decreto 127/84, de 11 de enero), hay que apuntar que dicho TSJ anuló la orden de servicios mínimos por considerarla demasiado générica y, por tanto, abusiva; el Supremo en 2003 ni llegó a valorar la cuestión de los MIR.

Volviendo al fallo sobre la huelga en el SNS-Osasunbidea, el TSJ de Navarra considera que “en este momento es clara la naturaleza laboral del contrato celebrado entre el centro sanitario y el MIR y, desde el punto de vista del ejercicio del derecho de huelga consagrado constitucionalmente, la Sala entiende que la finalidad de la contratación de los residentes, que es la formación necesaria para la obtención de la especialidad, no obsta para obviar su condición de trabajadores vinculados con los centros sanitarios en virtud de un contrato laboral.

Por ello, “debemos concluir que los MIR en su condición de trabajadores tienen reconocido el derecho de huelga para la defensa de sus intereses profesionales y consecuentemente deben ser incluidos por la Administración pública en la fijación de los servicios mínimos, a fin de garantizar la prestación sanitaria como servicio de interés esencial para la comunidad”.

El SMN ha indicado que “este cambio de doctrina tiene implicaciones tan importantes -por cuanto contradice la doctrina del Tribunal Supremo hasta la fecha-” que está estudiando realizar un recurso de casación.

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