He atendido a un paciente que presentaba un fuerte dolor en una pieza dental, evidenciando una infección tratada mediante antibiótico y posterior visita de control. A la paciente, pese a encontrarse en mejor estado, le aconsejé una re-endodoncia. El tratamiento no presentó ninguna incidencia. A los pocos días, me informó de que tiene una leve sensación de adormecimiento en lengua y encía. La paciente había sido previamente tratada de endodoncia en otra clínica, aportándome las ortopantomografías realizadas. Considera la paciente que, pese a no tener molestias con la pieza dental, no se consiguió el resultado al existir una parestesia temporal, ¿sería un caso de mala praxis? P.S.S. (Alicante)
Como ya hemos analizado en consultas anteriores, en este caso nos encontramos ante una obligación de medios por su parte como profesional. De modo que la mera aparición de un efecto indeseado derivado del tratamiento o de la propia patología en ausencia de negligencia no es fuente de responsabilidad.
Resulta incuestionable que el tratamiento que le aplicó fue curativo, por tanto, la obligación que asumió no fue una obligación de resultado. Si esa reendodoncia practicada resultó necesaria y exitosa, ningún daño puede reprocharse en ese sentido.
En cualquier caso, usted como profesional no le garantizó el buen resultado de la reendodoncia, en el sentido de que no le fueran a producir los daños indeseados que alega ocurrió posterior y temporalmente, por lo que no existe ninguna razón que permita apartarnos de lo que establece con carácter general la jurisprudencia en materia de responsabilidad profesional médica.
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