Carolina Darias, ministra de Sanidad, cree que el cierre perimetral de todas las comunidades autónomas, excepto el de las Islas Baleares y las Canarias, para el puente de San José y Semana Santa, que fue acordado en el Consejo Interterritorial de este miércoles "es de obligado cumplimiento" para todas las autonomías.
Sin embargo, el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, ha apuntado que su comunidad votó en contra de este cierre y, por lo tanto, no acatarán la decisión. En una rueda de prensa, que se celebró ayer por la tarde, en medio del sunami político que afectó a toda España -con epicentro en Murcia y en Madrid-, Ruiz Escudero argumentó que las anteriores experiencias de cierre de las fronteras de la región implicaron un aumento de los contagios a nivel local.
"Si Madrid no cumple, actuaremos con nuestros servicios jurídicos", ha dicho Darias
Además, dijo que la decisión del gobierno regional se sustenta en el decreto del estado de alarma, que le da la potestad de adoptar esta decisión a la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
La última palabra en este enfrentamiento la ha pronunciado Darias en la mañana de este jueves, asegurando que "si Madrid no cumple, actuaremos con nuestros servicios jurídicos". Lo que lleva a pensar que esta cuestión se resolverá mediante un dictamen judicial -como ocurrió en octubre de 2020- o mediante una reforma legal exprés dictada por el Consejo de Ministros. El acuerdo político entre los dos niveles de la Administración también podría dar carpetazo al asunto, pero, en estos momentos, parece una alternativa poco probable.
A primera vista, la clave jurídica de este asunto está en la naturaleza de los acuerdos a los que llega el Consejo Interterritorial, como conferencia sectorial, y en qué medida vinculan a los firmantes.
Lorenzo Cotino, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Valencia, recuerda lo que sucedió en octubre de 2020, cuando el Consejo Interterritorial acordó una serie de medidas que restringían la movilidad en las poblaciones de más de 100.000 habitantes y con una incidencia de infectados por la covid-19, en los últimos 14 días, de más de 500 casos. Entonces, la Comunidad de Madrid tenía diez municipios afectados por estas medidas y comunicó su intención de no acatar el acuerdo adoptado en el CI.
La disputa se judicializó y motivó un auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid -aunque la instancia para recurrir estos acuerdos es la Audiencia Nacional- que consideró que estos acuerdos no pueden limitar derechos fundamentales.
En definitiva, el auto explica que los acuerdos del Consejo Interterritorial se toman al amparo del artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud y que, según apunta Cotino, son "obligatorios para las comunidades autónomas, aunque es una cuestión no exenta de polémica, cuando no todas las comunidades autónomas los aceptan".
Pero, sobre este apunte, el auto del TSJ de Madrid dijo que el citado marco normativo "no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales", como supone la restricción de movilidad, por ejemplo.
Sin embargo, este "pero judicial" de octubre de 2020, que inclinó la balanza, en la disputa entre la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Sanidad, hacia el lado de Díaz Ayuso, no serviría para resolver el litigio ahora.
En el marco del RD 926/2020 de Estado de Alarma
Josefa Cantero, presidenta de la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (Sespas), recuerda que estamos en un estado de alarma, que se dictó el 25 de octubre, en virtud del Real Decreto 926/2020. Con esta norma como base, porque como explica Cantero, profesora de Derecho Administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha, "hay un principio básico en derecho y es que la ley posterior deroga a la anterior, porque, como el Tribunal Constitucional ha señalado el RD del Estado de Alarma tiene valor de ley, incluso de ley orgánica, porque limita derechos fundamentales".
"La declaración del Estado de Alarma habilita a los presidentes de las comunidades autónomas a cerrar o no sus autonomías en función de sus datos epidemiológicos", dice Cantero
Pues bien, si la norma para resolver esta cuestión es el RD 926/2020 de Estado de Alarma, dictado el 25 de octubre, en su artículo 10, como señala la experta, dice: "La autoridad competente delegada en cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía podrá, en su ámbito territorial, a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13, modular, flexibilizar y suspender la aplicación de las medidas previstas en los artículos 5, 6, 7 y 8, con el alcance y ámbito territorial que determine".
Es decir, aclara Cantero: "La declaración del Estado de Alarma habilita a los presidentes de las comunidades autónomas a cerrar o no sus autonomías en función de sus datos epidemiológicos".
Ante este escenario, el recurso a los tribunales para solventar este litigio parece que acabaría dando la razón al Gobierno de Madrid, pues tiene una potestad reconocida para decidir sobre su territorio.
Entonces, ¿qué opciones tiene la ministra Daria para traer a Madrid "al redil"? Cantero busca y encuentra una respuesta a esa pregunta que, además, da sentido a la frase que dijo la ministra Darias este jueves: "Si Madrid no cumple, actuaremos con nuestros servicios jurídicos".
Cantero: "Facilísimamente, el Gobierno puede, mediante otro real decreto, modificar el punto concreto de la declaración del Estado de Alarma, para asumir de nuevo esa competencia que está delegada en los presidentes autonómicos. Lo puede hacer mediante un Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros, y del que luego daría cuenta al Congreso, cuando correspondiera".
Queda apenas una semana para San José y dos para las vacaciones de Semana Santa. Los movimientos desde Sanidad deben ser rápidos para impedir que las normas de movilidad en la Comunidad de Madrid sean diferentes a las del resto de comunidades autónomas. Todo apunta a que los habitantes de la autonomía presidida por Isabel Díaz Ayuso van a poder salir, la pregunta es: ¿Dónde pueden ir los madrileños? El resto de autonomías -a excepción de Baleares y Canarias- permanecen cerradas. La casilla de salida está en el aeropuerto de Barajas, así que de Madrid al cielo.
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