Sí, hay un término en español: nacimiento no deseado. Pero es wrongful birth la expresión reconocida por la justicia como la acción legal por la que los padres de un niño demandan al sistema sanitario o al médico por no haber recibido la información sobre la enfermedad del gestante, que era visible en las pruebas prenatales.
La condena prospera cuando se puede demostrar que "ese déficit de información privó a los padres de poder interrumpir el embarazo", señala Guillermo Muñoz Gómez, en la presentación de su trabajo fin de máster, en el XXXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario, que se celebró el 20 y 21 de noviembre en Madrid.
El tratamiento de esta "mala praxis" por la jurisprudencia española tuvo su punto de inflexión en 2005, cuando una sentencia de la Sala Civil del Tribunal Supremo invirtió la carga de la prueba, pasando esa responsabilidad a la parte demandada.
De modo que hasta la citada resolución judicial, era la pareja o la gestante la que tenían que demostrar de manera clara y sin dudas, ante el juzgador, que de haber conocido la malformación fetal de su hijo, hubiera abortado.
Así, en junio de 2002, la Sala Civil del Supremo resolvió en contra de una familia que reclamó porque se le había privado de su derecho de decidir qué hacer ante una gestación con una malformación fetal. El fallo resuelve que "el hecho de que la gestante manifestase al médico su preocupación, dadas sus condiciones personales, no supone que, de haber conocido que el feto presentaba el citado síndrome, necesariamente se hubiera decantado por la interrupción voluntaria del embarazo".
Pero este razonamiento judicial dejó de tener vigencia a partir del 21 de diciembre de 2005, cuando el Supremo reconoció la existencia de una pérdida de oportunidad para los padres al haberles hurtado información sobre la salud del feto. Y dice: "El hecho de que la mujer se sometiera a una prueba para el diagnóstico prenatal de las mismas (malformaciones) sólo tienen un sentido lógico, que es el de decidir en su vista esta interrupción voluntaria del embarazo".
Y a partir de esa sentencia, "se estiman más reclamaciones por ese motivo", según recoge el trabajo de Muñoz Gómez, que es tramitador de siniestros del área de RC de AMA.
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