Oficina Virtual GRATIS 2 MESES

Oficina Virtual GRATIS 2 MESES
CONSIGUE TU OFICINA VIRTUAL GRATIS

viernes, 16 de abril de 2021

El TSJ de Galicia confirma la anulación de las elecciones del COF de Pontevedra de 2018

Profesión
soledadvalle
Vie, 16/04/2021 - 14:56
Sentencia
Alba Soutelo, presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Pontevedra, tras las elecciones impugnadas.
Alba Soutelo, presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Pontevedra, tras las elecciones impugnadas.

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra que anuló las elecciones a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Pontevedra celebradas en enero de 2018. La entidad colegial deberá repetir los comicios en el plazo máximo de dos meses desde que la sentencia, contra la que cabe presentar recurso, sea firme.

En la resolución, la Sala considera acreditado, al igual que el juzgado de primera instancia, que se permitió que terceros “transportasen en mano y depositasen presencialmente en las sedes colegiales sobres del voto por correo con base en unas instrucciones carentes de rango normativo y de aprobación oficial por el colegio”. Parte de esos sobres fueron transportados y entregados por la cooperativa de farmacéuticos COFANO y no por el servicio postal de Correos ni por entidades de mensajería equivalentes.

 

“No se puede considerar transparente ni conforme a las normas que rigen las garantías del proceso electoral que se utilice una empresa que no cumple los requisitos legales para prestar este tipo de servicio y cuyos gerentes se presentan a las elecciones”, recalcan los magistrados, quienes indican que la empresa utilizada “no es una empresa de mensajería oficial, sino al servicio de una empresa cuyos gerentes son candidatos, habiendo organizado el servicio, y ello aunque no se haya dirigido prueba a acreditar que se hubieran manipulado los votos”.

El TSJ de Galicia concluye que “la transparencia exigible no se ha respetado”. Los magistrados insisten en que no puede aceptarse “la posibilidad de que terceros no habilitados legalmente pudieran transportar y depositar en las sedes colegiales los votos por correo”, de lo que deducen “la vulneración de la libertad de voto y las irregularidades en el voto por correo”.

En las elecciones, a las que se presentaron tres candidatos, se contabilizaron 265 votos presenciales y 492 por correo, por lo que el TSJ de Galicia resalta el “carácter determinante en el resultado de las elecciones” del sistema de votación

Antecedentes 

Con esta sentencia, la justicia vuelve a dar la razón a Gerardo Santamarta rival de la actual presidenta, Alba Soutelo, en las elecciones impugnadas de 2018. 

Santamarta explicó en 2018 a este periódico que el proceso había sido "una porquería y ya veremos en qué acaba. Desde que se inició el proceso de voto por correo se ha permitido que una persona votara en urnas, colocadas en las secretarías de Vigo y Pontevedra, con sobres de voto por correo, llevando votos de varias personas”, comentó.

Sin embargo, puede que este no sea el último capítulo de este proceso judicial, pues la sentencia del TSJ de Galicia admite recurso. 

 

La entidad colegial deberá repetir los comicios en el plazo máximo de dos meses desde que la sentencia sea firme, por irregularidades con el voto por correo. Off S.Valle. Madrid Profesión Off

via Noticias de diariomedico.... https://ift.tt/2QwHKlW

No hay comentarios:

Publicar un comentario