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lunes, 19 de abril de 2021

La Audiencia de Valencia confirma la absolución de un enfermero de homicidio por imprudencia grave

Política y Normativa
soledadvalle
Lun, 19/04/2021 - 14:45
Penal
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La Audiencia Provincial considera que tanto de la prueba testifical como de la pericial se desprende que la ausencia de drenaje durante una hora no fue la causa del fallecimiento del menor.

La Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso presentado por la familia de un niño, que falleció en el Hospital Universitario La Fe de Valencia, contra la sentencia que absuelve al enfermero que estaba encargado de supervisión del fallecido. La sentencia de la Audiencia ratifica la del Juzgado de lo Penal número 11 de Valencia, que absolvió al enfermero por un delito de homicidio por imprudencia grave.

El sanitario fue el único acusado del fallecimiento de un niño de tres años, que estaba ingresado en el Hospital Universitario La Fe de Valencia. En el juicio quedó demostrado que el profesional no faltó a su deber de supervisión del menor, que empezó a convulsionar en la madrugada del día 17 de abril, durante su turno de guardia. El despacho Fornes y abogados ha llevado la defensa del sanitario. 

La Audiencia Provincial considera que tanto de la prueba testifical como de la pericial se desprende que la ausencia de drenaje durante una hora no fue la causa del fallecimiento del menor.

Cronología de los hechos

Los hechos que se juzgan ocurrieron la noche del 16 al 17 de abril de 2012, cuando el niño estaba en la UCI pediátrica del hospital valenciano recuperándose de la intervención que le habían hecho para reemplazar su sistema ventricular de drenaje. Este mecanismo le fue implantado al niño cuando, nada más nacer, sufrió una meningitis que derivó en una hidrocefalia. Por eso motivo, llevaba un sistema ventricular que le permitía drenar el exceso de líquido cefalorraquídeo.

El sistema de drenaje ya había sido cambiado dos veces antes, pero, entonces, su control fue en planta y no ingresó en la UCI. En esta ocasión, sin embargo, el menor requirió de un drenaje externo y fue ingresado en la unidad de cuidados intensivo. En la noche del 16 al 17 de abril, el enfermero juzgado fue el encargado del control del menor, siguiendo las indicaciones de los pediatras responsables. Debía supervisar cada hora determinados valores y apuntarlos en la hoja registro, entre los que estaban, la temperatura corporal, la presión intracraneal, el débito del drenaje y otros. El acusado realizó dicho control cada hora y fue anotando los datos en la hoja registro. El último apunte efectuado fue a las 5 de la mañana y así quedó registrado con valores normales.

"El enfermero juzgado fue el encargado del control del menor, siguiendo las indicaciones de los pediatras responsables"

Aproximadamente, a las 6:10 horas del día 17, el niño sufrió una crisis convulsiva, con bradicardia y bradipnea. El enfermero avisó inmediatamente al médico de guardia, quien, observando que el drenaje no había expulsado líquido alguno desde las 5 de la mañana, intentó manualmente proceder a la extracción con una jeringuilla, sin conseguirlo. Tras proceder a sedarlo y a entubarlo, le practicaron un TAC de urgencia, donde se evidenció un edema transependimario y que el extremo intracraneal del drenaje externo contactaba con la pared externa del ventrículo lateral derecho. El niño falleció el 30 de abril de 2012 por daño cerebral hipóxico isquémico irreversible.

La Audiencia no impone el pago de las cosas a la parte recurrente y aclara que el fallo admite recurso ante el Tribunal Supremo

La sentencia del juzgado, que ahora confirma la Audiencia Provincial de Valencia, recoge que: "No existe por tanto conducta imprudente alguna, ni grave, ni menos grave ni leve, pues no se puede decir que haya habido una desatención por parte del acusado de las tareas de control que le correspondían como enfermero de UCI, por el abandono, desidia o dejación de sus más elementales obligaciones que podría dar lugar a este delito, pues aún no habiendo efectuado el control de las 6 de la mañana, dicha falta no fue determinante del resultado lesivo, ya que como se ha dicho, no puede establecerse la relación de causalidad entre su actuar y el resultado lesivo sobrevenido".

Imagen eliminada.

Carlos Fornes, fundador del Despacho Fornes Abogados, y encargado de la defensa del enfermero considera que los testimonios del resto de sanitarios y los peritos, además de la hoja de registro de control del paciente, han sido claves para la defensa del acusado.

"En la hoja de registro de control figuran todas las anotaciones realizadas por el acusado (temperatura corporal, presión intracraneal y del débito del drenaje), siendo el último apunte a las 5 de la mañana. Todos los testigos y peritos en el juicio coincidieron en que hasta ese momento todos los niveles del menor estaban dentro de la normalidad. Después, se avisó de urgencia y la crisis del menor se dio a las 6:10, tan solo pasaban 10 minutos, del momento en que debería de haber realizado la anotación. Pero, lo más significativo es que todos los testigos (facultativos) y peritos coincidieron en que la falta de drenaje de líquido durante una hora no es alarmante, cuando el resto de los valores eran normales y que, en modo alguno, puede ser la causa de la muerte del menor", valora Fornes.  

Confirma que el sanitario no faltó a su deber de supervisión y que la ausencia de drenaje durante una hora no fue la causa del fallecimiento del niño de tres años. Off Soledad Valle. Madrid Política y Normativa Profesión Off

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