Soy el responsable del servicio de Radiología de una clínica privada, y tenemos un paciente que tras ingresar de urgencia con sospecha de tromboembolismo pulmonar se le practicó una TAC urgente con contraste, firmando consentimiento informado en el que consta posibles complicaciones renales. Días después, el paciente, estando ingresado, sufrió una insuficiencia renal aguda. Falleció como consecuencia de ésta y otras complicaciones. La familia afirma que murió por el contraste y que hubo mala praxis. S.R.R. (Madrid)
El paciente o el familiar suscribió el pertinente consentimiento informado en que se informaba de la posibilidad de trastornos renales. Por tanto, la insuficiencia renal es un riesgo que consta debidamente informado.
No obstante, si la sospecha era que el paciente pudiera padecer tromboembolismo pulmonar, la realización de una prueba como la TAC con contraste estaría indicada. A lo que cabe añadir que los contrastes son escasamente nefrotóxicos, situándose las probabilidades de complicación en torno al 3%. Salvo que el paciente presente antecedentes que contraindiquen la prueba con contraste, ningún incumplimiento de protocolos o lex artis debería apreciarse.
Es más, la situación de urgencia, consistente en la necesidad de descartar un tromboembolismo pulmonar grave, debería ser razón suficiente para la realización de la prueba; por lo que salvo casos de contraindicación evidente, la ecuación riesgo/beneficio aconsejaría la realización de la prueba.
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