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martes, 16 de julio de 2019

El Supremo exige neutralidad a los colegios profesionales sobre el conflicto catalán

“Una corporación de derecho público, representativa de una profesión y a la que es obligatorio afiliarse para ejercerla, no puede abandonar la posición de neutralidad que le es propia para asumir posiciones ideológicas y políticas de parte, desconectadas, además, de los intereses profesionales a los que debe servir”. O, dicho en otras palabras, los colegios profesionales (incluidos los de médicos) deben mantenerse escrupulosamente neutrales en el conflicto político abierto en Cataluña, según se desprende de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo.

El pronunciamiento del alto Tribunal desestima un recurso del Colegio de Abogados de Barcelona contra una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña, y se remonta a unos hechos que tienen su origen en 2013. El 14 de octubre de ese año, el Consejo de Colegios de Abogados de Cataluña adoptó el acuerdo de adherirse al Pacto Nacional por el Derecho a Decidir y de apoyar la Comisión de Estudio del Parlamento de Cataluña sobre el Derecho a Decidir. Cuatro colegiados barceloneses estimaron que ese acuerdo vulneraba sus derechos fundamentales a la libertad ideológica, de expresión, de asociación y de participación política, y lo recurrieron ante un juzgado de Barcelona.

El recurso de los 4 colegiados fue desestimado, pero apelaron ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ catalán, que estimó el recurso, revocó la sentencia del juzgado barcelonés y anuló el acuerdo colegial de octubre de 2013, por ser contrario a varios artículos de la Constitución (16.1 , 20.1 y 22).

El fallo del TSJ de Cataluña, que ahora hace suyo el Tribunal Supremo, establece que la adhesión del Colegio de Abogados de Barcelona al pacto por el derecho a decidir supuso “una actuación injustificada desde el punto de vista de sus fines corporativos, y contraria a los derechos de sus colegiados disconformes con ella, en la medida en que tal adhesión identificó y comprometió a la corporación con una opción política de parte, sin que cupiera a los disconformes la posibilidad de abandonarla”.

“No es ajustado a derecho que un colegio profesional tome postura sobre temas políticos esencialmente controvertidos”

El TSJ catalán recordaba, además, en su sentencia que esa opción política “ha provocado una profunda fractura en la sociedad catalana”, y que “no es ajustado a derecho que un colegio profesional -o, en sucaso, el correspondiente consejo general- tome oficialmente posicionamiento sobre cuestiones políticas esencialmente controvertidas y no atinentes a la gestión de la profesión, en especial cuando esas cuestiones generan discrepancia entre los colegiados”.

En el caso de los médicos, el Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña emitió un comunicado en contra de la aplicación de la artículo 155 en la comunidad catalana, una decisión que provocó la reacción en cadena de más de mil colegiados de Barcelona y Tarragona, que estamparon su firma en un carta de protesta. Los firmantes calificaron de “inadmisible” que los colegios de médicos se manifestasen abiertamente sobre temas políticos “acerca de los cuales los colegiados mantenemos opiniones muy diferentes”.

La Virgen y San Raimundo

Entre los argumentos del Colegio de Abogados de Barcelona para justificar su recurso de apelación al fallo del TSJ de Cataluña estaba el hecho de que la corporación es, como persona jurídica, “titular de derechos fundamentales y, en especial, de los de libertad ideológica y de expresión”. Sobre la titularidad del primero, el colegio barcelonés recordaba dos sentencias del Tribunal Constitucional que amparaban la decisión de los colegios de abogados de Sevilla y de Valencia de proclamar patronos de sus respectivas corporaciones a la Virgen María y a San Raimundo de Peñafort.

El Supremo, en cambio, no ve parangón entre esos casos, ya que, mientras “el patronazgo de la Virgen o de San Raimundo responden a elementos tradicionales y simbólicos, presentes desde antiguo en esas corporaciones”, el pronunciamiento del colegio barcelonés “como actor del juego político” implica tomar “posición de parte sobre una cuestión en la que están rotos los consensos sociales”.

 

 

 

 

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