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martes, 26 de marzo de 2019

Condena por dar el alta en una pancreatitis sin explorar el abdomen

El Juzgado de Primera Instancia número 97 de Madrid ha condenado a la aseguradora de una clínica privada a indemnizar con 286.546 euros a un paciente que recibió el alta sin haber sido tratado de la pancreatitis que le sobrevino tras la colangiopancreatografía retrógada endoscópica (CPRE) a la que se sometió por una estenosis del colédoco. El demandante tuvo que se intervenido de urgencia y estuvo varios meses ingresado en el hospital público al que acudió en un estado grave. En la actualidad tiene reconocida un incapacidad permanente absoluta. El abogado Álvaro Sardinero ha defendido al paciente en todo el proceso.  

Durante la intervención en la clínica privada, surgió un problema con la prótesis que tenían que introducirle: era demasiado larga, y fue sustituida por otra más corta. En el posoperatorio, tras cesar los efectos de la anestesia, el paciente empezó a sufrir vómitos, náuseas y malestar abdominal. Se sometió a una analítica, cuyos resultados eran compatibles con una pancreatitis, por lo que se le prescribió analgesia y dieta absoluta. 

El médico: “Previo al alta preguntó al paciente si se encontraba bien y le dijo que sí, por lo que entendió que podía abandonar el hospital”

Un día después de la intervención, mientras permanecía ingresado en el hospital se sometió a una nueva analítica que mostró un aumento de los leucocitos hasta 17.600 y marcadores alterados de la amilasa, la lipasa y el PCR. Sin embargo, ese mismo día se le dio el alta al paciente. 

La respuesta judicial que dio el médico que dictó el fin del ingreso fue que “previo al alta preguntó al paciente si se encontraba bien y le dijo que sí, por lo que entendió que podía abandonar el hospital”, según recoge la sentencia. El médico también admitió que “no recordaba si le exploró antes de darle el alta y que la analítica tenía los parámetros alterados”

Estos “olvidos” del facultativos son calificados por el juez como de “especialmente graves”, de acuerdo con lo apuntado por la perito. El informe pericial reconoce que “lo relevante para determinar la evolución de la pancreatitis es el dolor abdominal y no consta que el médico explorara el abdomen del enfermo para verificar si la pancreatitis se había agravado, lo que desaconsejaba absolutamente el alta, dada la gravedad de la patología”. 

El juez admite que existió una “evidente mala praxis médica”

El alta prematura e indebida del paciente -conclusión a la que llega el juez- determinó que una vez en su casa el enfermo viera agravarse su estado, lo que le llevó a acudir de urgencias al hospital público más cercano. El paciente llegó con una pancreatitis necrotizante post-CPRE y fue intervenido de urgencia. Estuvo ingresado un mes y medio con un coma inducido y un total de dos meses y medio en la UCI, hasta que fue trasladado a plan con un sistema de cierre asistido por vacío conectado a su abdomen para cerrar la cicatriz. 

El enfermo salió del hospital con 40 kilos menos y una calendario de citas e intervenciones motivadas por la complicación de la pancreatitis. Fue despedido de su trabajo y se le reconoció una incapacidad permanente en grado de absoluta. En la actualidad, según figura en la sentencia, “el demandante requiere la ayuda constante de terceras personas dado que presenta fugas frecuentes de heces con irritación en la piel y dermatitis, cuando esto ocurre se tapona la fístula con gasas y vendajes precisando cambios frecuentes en el día que no puede realizar por sí solo”. 

Pues bien, el juez admite que existió una “evidente mala praxis médica”. Reconoce que “a pesar de ser diagnosticado de pancreatitis horas después de la intervención, y de ser una afección con un riesgo de mortalidad del 50 por ciento en el caso de ser calificada como grave, el actor fue tratado únicamente con analgesia y al día siguiente fue dado de alta, pese a que no se adoptaron las medidas de control para descartar que la situación del paciente desaconsejase dicho alta“. 

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