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jueves, 23 de abril de 2020

Un juez ordena el internamiento forzoso de un paciente con Covid-19

Política y Normativa
soledadvalle
23/ 04 / 2020
Covid-19
Hospital Río Carrión de Palencia.
Hospital Río Carrión de Palencia.

El Juzgado de Instrucción 1 de Palencia, en funciones de guardia, ha ordenado el internamiento forzoso de un paciente del Hospital Río Carrión contagiado por coronavirus, a cuyo personal médico solicitó el alta voluntario.

El varón ingresó el 30 de marzo con "evidente sintomatología" de padecer el virus Covid-19, contagio que fue confirmado por el test. El paciente solicitó la inmediata alta voluntaria, pese a las advertencias del médico responsable del consiguiente peligro que ello representa para la salud pública y la conveniencia de permanecer ingresado para tratamiento.

El hospital puso los hechos en conocimiento del Juzgado de Guardia. El juez ordenó la continuidad del paciente en el hospital en una situación de "emergencia sanitaria sin precedentes" porque permitir "que dicha persona afectada por el Covid-19 -además con evidente sintomatología- pudiera salir del centro hospitalario entrañaría un evidente y temerario riesgo de propagación. Y ello con el agravante de que el paciente ingresado está siguiendo el tratamiento en dicho centro con arreglo a los protocolos sanitarios y que son de estricta observancia a tenor de las presentes circunstancias".

"Ordenó la continuidad del paciente en el hospital en una situación de "emergencia sanitaria sin precedentes"

El auto que recoge la orden detalla el marco normativo que ampara esta decisión judicial. Como recuerda el togado, se atribuye a los Juzgados de lo Contencioso-administrativo “la autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental”.

Además, señala los artículos de la Constitución Española: el artículo 17.1 (“toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y formas previstos en la Ley”), el artículo 15, que consagra el derecho de todos a la vida y a la integridad física y moral, y el artículo 43 que reconoce el derecho a la protección de la salud (“Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios”.

"El afectado puede formular alegaciones por escrito en el plazo cinco días"

Por último, el artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, conforme al cual "Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, salvo en los casos siguientes y con arreglo al procedimiento establecido en la Ley [...] e) Si se trata del internamiento, conforme a derecho de una persona susceptible de propagar una enfermedad contagiosa, de un enajenado, de un alcohólico o de un toxicómano o de un vagabundo”.

Los juzgados de instrucción en funciones de guardia tiene reconocida sus competencias en "medidas sanitarias urgentes y necesarias para proteger la salud pública".

El interesado puede formular alegaciones por escrito en el plazo cinco días, que se remitirán por el Centro Hospitalario "con carácter urgente" al Juzgado.

El enfermo pidió el alta voluntaria en el Hospital Río Carrión, después de comprobar por un test que era positivo a la infección. coronavirus Off Redacción. Madrid Política y Normativa Política y Normativa Off

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