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miércoles, 21 de abril de 2021

El COF de Pontevedra convoca elecciones para el 6 de junio

Política y Normativa
carmentorrente
Mié, 21/04/2021 - 13:17
La característica cruz verde de la farmacia.
La característica cruz verde de la farmacia.
Alba Soutelo.
Alba Soutelo, presidenta del COF de Pontevedra

La Junta del Gobierno del COF de Pontevedra acordó el 19 de abril convocar elecciones para el 6 de junio, tras la sentencia del Tribunal Superior de Justica (TSJ) de Galicia confirmando la anulación de las elecciones del COF de Pontevedra de 2018 por irregularidades en el voto por correo, como ya publicó CF la semana pasada.

La presidenta del COF -ahora ya en funciones-, Alba Soutelo, se presentará a estos comicios. La corporación recuerda que la sentencia del TSJ de Galicia no es firme y cabe formular recurso contra ella ante el Tribunal Supremo. Teniendo esto en cuenta, el fallo establece que se deberán repetir los comicios en el plazo máximo de dos meses desde que la sentencia sea firme. Pese al anuncio de la convocatoria de elecciones, el COF subraya que no es el mejor momento para hacerla, "al estar el Colegio inmerso en plena transformación digital, estar en marcha la tramitación de la normativa de SPD y la concertación de este servicio, así como el desarrollo de diferentes artículos de la Ley de Ordenación Farmacéutica y los programas de cribado covid-19 en farmacias".

A su vez, el COF muestra su "total apoyo a las tres farmacéuticas colegiadas que, sin buscarlo, tuvieron que pertenecer a la mesa electoral y dirigir las elecciones a la junta de gobierno del Colegio de Farmacéuticos de Pontevedra celebradas en enero de 2018". También solicitan a la mesa electoral a la que corresponda dirigir las próximas elecciones que tenga en cuenta que "aunque los estatutos puedan dar lugar a diferentes interpretaciones sobre el voto por correo, los jueces hasta el momento han considerado que el servicio postal universal solo puede prestarlo Correos. El no universal requiere de previa comunicación e inscripción en el Registro de empresas prestadoras de servicios postales”.

Irregularidades en el voto por correo

En esta resolución, la sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ de Galicia considera acreditado, al igual que el juzgado de primera instancia, que se permitió que terceros “transportasen en mano y depositasen presencialmente en las sedes colegiales sobres del voto por correo con base en unas instrucciones carentes de rango normativo y de aprobación oficial por el colegio”. Parte de esos sobres fueron transportados y entregados por la cooperativa de farmacéuticos COFANO y no por el servicio postal de Correos ni por entidades de mensajería equivalentes.

“No se puede considerar transparente ni conforme a las normas que rigen las garantías del proceso electoral que se utilice una empresa que no cumple los requisitos legales para prestar este tipo de servicio y cuyos gerentes se presentan a las elecciones”, recalcan los magistrados, quienes indican que la empresa utilizada “no es una empresa de mensajería oficial, sino al servicio de una empresa cuyos gerentes son candidatos, habiendo organizado el servicio, y ello aunque no se haya dirigido prueba a acreditar que se hubieran manipulado los votos”.

Con esta sentencia, la justicia vuelve a dar la razón a Gerardo Santamarta, que fue rival de la actual presidenta, Alba Soutelo, en las elecciones impugnadas de 2018. 

Santamarta explicó en 2018 a este periódico que el proceso había sido "una porquería y ya veremos en qué acaba. Desde que se inició el proceso de voto por correo se ha permitido que una persona votara en urnas, colocadas en las secretarías de Vigo y Pontevedra, con sobres de voto por correo, llevando votos de varias personas”, comentó.

Plazos del proceso electoral

-26 de abril: constitución de la mesa electoral.

-Del 27 de abril al 3 de mayo: plazo de reclamaciones ante la mesa electoral contra el censo de electores.

-4 de junio: publicación de los acuerdos de la mesa electoral sobre reclamaciones contra el censo de electores. Contra las resoluciones de la mesa electoral se podrán interponer recursos en el plazo de tres días hábiles ante el Consejo General de COF, quien resolverá dichos recursos en el plazo de diez días hábiles.

-10 de mayo: fecha límite para la presentación de candidaturas.

-11 de mayo: proclamación de candidaturas por la mesa electoral. En caso de existir una candidatura única, se proclamará de forma automática.

-Del 12 al 14 de mayo: plazo de reclamaciones o sustituciones ante la mesa electoral sobre la proclamación de candidaturas.

-Del 18 al 20 de mayo: acuerdo de la mesa electoral sobre reclamaciones y sustituciones sobre las candidaturas presentadas.

-27 de mayo: fecha límite de la solicitud de voto por correo.

-6 de junio: celebración de elecciones. Votación y escrutinio. La votación se realizará en los locales colegiales de la sede de Pontevedra, en horario de 10 a 18 horas. Levantamiento de acta por el secretario de la mesa, lectura pública y proclamación de la lista elegida.

-6 de julio: fecha límite para la toma de posesión de los cargos electos y constitución de la nueva Junta de Gobierno.

 

 

La Junta de Gobierno así lo ha considerado tras la sentencia del TSJ de Galicia anulando los comicios de 2018 por irregularidades con el voto por correo. Off Carmen Torrente Villacampa Profesión Política y Normativa Farmacia Comunitaria Off

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