El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vinaròs, que investiga la muerte de una niña de dos años en el Hospital Comarcal, que ocurrió el 13 de noviembre de 2018, ha dictado un auto sobre el caso en el que acuerda seguir la causa contra dos enfermeras de dicho centro al entender que pudieron incurrir en un delito de homicidio por imprudencia por una negligencia en la administración del suero.
En el mismo auto el juez acuerda el sobreseimiento provisional de las diligencias respecto a los cuatro médicos investigados del mismo hospital, porque considera que su actuación no influyó en el fallecimiento de la menor.
Hechos probados
Según fuentes judiciales, la niña ingresó en el centro hospitalario de la mano de sus padres sobre las 13 horas del 13 de noviembre de 2018, aquejada de vómitos y diarrea. La médica que la examinó en un primer momento le diagnosticó un cuadro leve de gastroenteritis y deshidratación y acordó que se le administrara fluidoterapia glucosalina.
En lugar de seguir la pauta fijada por esa facultativa, una enfermera preparó a la niña “un cóctel potencialmente mortal”, que incrementaba considerablemente la cantidad de glucosa, según el auto.
La enfermera que sustituyó a su compañera tras el cambio de turno mantuvo supuestamente la pauta incorrecta que aquélla había dejado anotada, a pesar de “observar lo inusual de la administración que se estaba llevando a cabo”, explica el juez.
Además, de acuerdo con la investigación, esta misma trabajadora repuso el suero en dos ocasiones y liberó la vía intravenosa, que había quedado ocluida, para que el líquido siguiera fluyendo.
Sobre las 16 horas de ese mismo día, la niña comenzó a convulsionar y acabó falleciendo por un fallo multiorgánico que un informe forense atribuye a un coma hiperglucémico hiperosmolar.
Ese informe, junto a otras pericias, la investigación interna realizada por el hospital, las hojas de tratamiento y las declaraciones de investigados y testigos llevan al juez a concluir que las dos enfermeras actuaron “con absoluto desconocimiento de su lex artis” y de la “técnica y ciencia aplicable a su profesión”.
En cambio, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Vinaròs archiva provisionalmente la causa para otros cuatro investigados, todos ellos médicos, al no apreciar en su conducta indicios de criminalidad.
Respecto a la primera doctora, el instructor señala que el tratamiento que pautó era correcto. Por su parte, la segunda facultativa no intervino hasta las 16 horas y “se limitó a tratar de revertir el estado de la menor”.
En cuanto a los dos últimos médicos investigados, agrega el juez, su intervención “se produjo de forma tardía”, cuando la situación de la paciente “era ya irreversible” tras pasar “en menos de una hora de un índice de glucemia de 77 a 1.738” a causa de las infusiones de suero. Y ello pese a que la conducta de ambos facultativos “pudiera ser más que reprochable desde un punto de vista administrativo/profesional o incluso moral”, pues una “rehusó aclarar a la enfermera las dudas que tenía en el tratamiento” y el otro, “tras entrar en el box y ver a la menor, no se molestó en comprobar la historia o si el tratamiento que se estaba administrando concordaba con el prescrito”.
La resolución fija un plazo de diez días para que la Fiscalía y el resto de acusaciones formulen escrito de acusación y soliciten la apertura de juicio oral o pidan, por el contrario, el sobreseimiento de las actuaciones
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