El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso
de inconstitucionalidad presentado por más de 50 senadores del Grupo Parlamentario Popular contra el artículo único en su apartado 65 de la Ley 8/2018, de modificación de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunidad Valenciana.
El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda y documentación presentada al
Congreso, al Senado, al Gobierno, así como a las Cortes y a la Generalidad Valenciana, para que en un plazo de 15 días se personen en el proceso y puedan presentar las alegaciones que estimen convenientes.
Los recurrentes consideran que la ley de salud valenciana ha podido vulnerar los
artículos 149.1.1 y 149.1.16 de la Constitución en la medida en que la modificación legal contraviene el artículo 104 de la Ley General de Sanidad y el artículo 14 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias así como la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica de Universidades. En la medida en que la normativa autonómica puede suponer una exclusión de las universidades privadas del régimen de cooperación educativa en materia sanitaria de la Generalidad Valenciana.
En el recurso de inconstitucionalidad también se alega que la Administración
valenciana ha infringido los derechos fundamentales a la igualdad, a la libertad de creación de centros docentes y el deber de ayuda a éstos.
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