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jueves, 8 de agosto de 2019

Los COF y la Aemps se alinean contra los intermediarios en venta ‘online’ de medicamentos

Respecto a los anuncios de entrega a domicilio de medicamentos a cargo de plataformas online, que las ha informado CF, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) emitió este miércoles un comunicado en el que precisa que “ningún pedido o encargo de medicamentos puede realizarse a las oficinas de farmacia si no es directamente a través del sitio web habilitado al efecto por las oficinas de farmacia, con la ausencia de intermediarios. El uso de intermediarios en la compraventa infringe la normativa descrita”. El Consejo se había dirigido en las últimas horas a la Agencia pidiéndole una reacción.

El Consejo General de COF ha emttido a su vez una nota en la que agradece a la Aemps “la claridad y contundencia de la nota informativa en relación a la compraventa ilegal de medicamentos a través de sitios webs y de aplicaciones para móviles”.

Tal y como viene denunciando reiteradamente el Consejo General, dice la nota, “en los últimos meses, han ido surgiendo diversas plataformas de intermediación en la compra venta de medicamentos que incumplen la legislación vigente. Denuncias que se han realizado ante los organismos competentes y que en el día de hoy la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios se ha pronunciado con claridad, ratificando los planteamientos y argumentos esgrimidos desde la profesión farmacéutica”.

A la cabeza de la digitalización

La profesión farmacéutica española, ha señalado el Consejo General,  “está a la cabeza de Europa en la digitalización de la prestación farmacéutica siendo el país donde más se ha avanzado en la receta electrónica pública, privada y veterinaria. “Somos conscientes de que hay situaciones y retos sociales hoy que requieren respuestas profesionales por parte de nuestro Sistema Nacional de Salud y de nuestro Sistema Social pero siempre ha de garantizarse el cumplimiento de la legalidad vigente y la seguridad del paciente“, comenta Jesús Aguilar, presidente del Consejo General.

Para el presidente del Consejo General de Colegios Farmacéuticos, la nota informativa de la Agencia Española de Medicamentos debe marcar un antes y un después que ponga fin a la existencia de este tipo de plataformas que confunden a los ciudadanos y a los propios profesionales por infringir la normativa vigente. “Creo que la nota no deja lugar a dudas ni a interpretaciones”, afirma Jesús Aguilar, presidente del Consejo General.

De igual forma, desde la Organización Farmacéutica Colegial se advierte también a las oficinas farmacias de la ilegalidad que supone “participar en dichas plataformas de intermediación y subraya que la normativa vigente en nuestro país sobre la venta por procedimientos telemáticos de medicamentos no sujetos a prescripción es el Real Decreto 870/2013. Una normativa cuyo objetivo es la protección de la salud pública y que establece tres importantes garantías para la población en la venta de medicamentos a través de internet: una dispensación online que sólo puede realizarse con la intervención de un farmacéutico, desde la web de la farmacia responsable de la dispensación y previo asesoramiento personalizado.

Protección del ciudadano

Desde el Consejo se recuerda que la normativa vigente, dictada al amparo de la Directiva europea sobre falsificación de medicamentos, tiene por objetivo proporcionar las máximas garantías a los ciudadanos en el acceso al medicamento y asegurar el máximo nivel de protección de la salud pública.

Así, la legislación actual favorece que la venta de medicamentos a través de Internet se haga con  las  necesarias  garantías  sanitarias, permitiendo a los ciudadanos identificar más fácilmente los  sitios  web  que  pueden dispensar  legalmente  medicamentos no sujetos a prescripción y distinguirlos de aquellos que los venden ilegalmente, es decir, fuera de la cadena legal de suministro de los mismos.

Una normativa que permite además  ejercer  una  función  de  control  y  supervisión  de  la compraventa de medicamentos no sujetos a prescripción a través de medios telemáticos,  adoptando  las  medidas oportunas en caso de detectar actividades que contravienen la normativa, es decir, una regulación que asegura la trazabilidad y, por consecuencia, la salud de los ciudadanos.

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