La Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado el recurso presentado por la Administración de Canarias y ha confirmado tres sentencias de instancia en las que se reconoce a médicos del Servicio Canario de la Salud (SCS) el derecho a disfrutar del séptimo día de permiso por asuntos propios.
El tribunal subraya que los casos juzgados se refieren a la correcta interpretación de la normativa aplicable a los días de asuntos propios del personal funcionario y estatutario de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como a los efectos de las medidas estatales de suspensión y posterior recuperación de ese séptimo día. La administración autonómica sostenía que las sentencias de primera instancia incurrían en una errónea apreciación de dicha normativa, con especial referencia a la Instrucción 15/06 de la Dirección del SCS.
La Sala, sin embargo, recuerda que ya había resuelto otro litigios "esencialmente coincidente" en una sentencia anterior, de 20 de enero de 2025, en la que fijó doctrina sobre la igualdad de trato entre personal funcionario y estatutario en materia de días de asuntos propios. En esa resolución se consideró que ambos colectivos tienen reconocido el mismo número de días de asuntos propios en virtud del acuerdo de 2003 entre el Gobierno canario y los sindicatos sobre condiciones de trabajo del personal público.
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