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viernes, 2 de enero de 2026

El Consejo de farmacéuticos recurre al Supremo el decreto de dispensación del cannabis

Política y Normativa
soledadvalle
Normativa

La Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Supremo está tramitando el recurso presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF), contra el Real Decreto 903/2025, de 7 de octubre, por el que se establecen las condiciones para la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis. 

Del recurso ha informado el Ministerio de Sanidad mediante la publicación de una resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este viernes, en la que invita "a todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado" a que se personen como demandadas en el procedimiento, "en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la resolución". Es decir, desde este viernes, 2 de enero. 

La decisión del CGCOF es coherente con lo expresado desde el primer momento que se conoció la redacción de la norma, donde dejaba fuera de la dispensación del cannabis a la farmacia hospitalaria. El Consejo, en un comunicado señaló afirmó que no había "ningún tipo de razón sanitaria, jurídica o de seguridad que justifique limitar su dispensación exclusivamente a estos servicios, impidiendo la elaboración de fórmulas magistrales y el acceso de los pacientes a ellas a través de la red de farmacias comunitarias".

Siguiendo esta línea, aseveraron que "tanto la dispensación de estas fórmulas como el seguimiento farmacoterapéutico de los pacientes pueden realizarse con plena seguridad en las farmacias comunitarias del mismo modo que sucede con otros medicamentos que contienen estupefacientes o psicotrópicos, tal y como ya se expuso ante la Subcomisión del Congreso de los Diputados sobre este asunto y como se defendió durante las diferentes fases de tramitación de este real decreto".

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El Ministerio de Sanidad ha abierto un plazo de nueve días para que se personen en el procedimientos todas aquellas personas físicas y jurídicas con interés legítimo. Off S.Valle Off

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