Estamos asistiendo a una auténtica ceremonia de la confusión en el debate sobre la regulación de la eutanasia. Los contrarios a la despenalización y regulación legal de la eutanasia y del suicidio asistido han descubierto la piedra filosofal para, amparándose en una supuesta mirada compasiva hacia quien solicita ayuda para morir, sustentar su oposición: la mejora de la atención sociosanitaria, los cuidados paliativos y, llegado el caso de sufrimiento existencial refractario, la sedación terminal.
Buena parte de quienes así se posicionan hoy en día son los mismos que hace quince años emprendieron una cruzada contra el Dr. Luís Montes del Hospital de Leganés acusándole de realizar prácticas eutanásicas confundiéndolas con la sedación que se practicaba a enfermos terminales, sedación que hoy defienden como alternativa para casos extremos.
Estos días he recordado un chiste de El Roto en el que un enfermo agonizante tendido en su cama exclamaba que “el único sedante homologado es la extremaunción”. La crucifixión pública del Dr. Montes consiguió dos objetivos: el primero introducir serias dudas entre los profesionales sanitarios que en aquel entonces se dedicaban a los incipientes cuidados paliativos sobre si su actuación era conforme a la buena praxis médica cuando sedaban de los enfermos terminales, así como el temor a incurrir en responsabilidades penales. El segundo, arrinconar el debate parlamentario sobre la despenalización de la eutanasia. Han tenido que pasar tres lustros para que se haya podido volver a plantear en sede parlamentaria la necesidad de legislar sobre la regulación de la eutanasia y el suicidio asistido.
Antagonismos artificiales
La actitud de quienes hoy se oponen a la regulación de la eutanasia obedece a un plan orquestado e intencional de sembrar confusión difundiendo ideas falsas y antagonismos artificiales. El apoyo sociosanitario, los cuidados paliativos y la sedación terminal no son alternativa al acceso a una prestación que ayude a morir dignamente que puede ser complemento de aquéllos.
Estoy absolutamente de acuerdo en que nuestro país debe mejorar la atención sociosanitaria, garantizar el acceso de todo aquel que los necesite a unos cuidados paliativos de calidad y, cuando esté médicamente indicada, considerar una buena práctica médica la sedación terminal.
No se pueden contraponer dichas medidas como alternativas a la prestación de ayuda para morir. La eutanasia supone la realización de un acto médico en el cuerpo de un paciente que sufre una enfermedad grave e incurable y para él intolerable, con la intención expresa de poner fin a su vida a petición suya directa e inequívoca.
Cuidados paliativos
Por el contrario los cuidados paliativos, en cuyo entorno puede surgir una petición de ayuda a morir pero no necesariamente, son cuidados diseñados para proporcionar bienestar y confort a los pacientes y a sus familias en la fase final de una enfermedad terminal, que puede finalizar, o no, con una sedación paliativa que es un procedimiento terapéutico que mediante la administración de fármacos produce la disminución o pérdida de consciencia y está destinado a calmar los sufrimientos corporales o espirituales de un paciente terminal cuando no existen procedimientos alternativos.
Es una práctica eutanásica, hoy en día penada en nuestro código penal que los detractores de la eutanasia encuentran compasivo porque la pena que se prevé está atenuada respecto a la del homicidio, la aceleración de la muerte de un enfermo a petición suya para liberarlo del dolor y no lo es y forma parte de la buena praxis médica la sedación como tratamiento para aligerar al enfermo terminal del dolor, aunque pueda tener como efecto secundario la aceleración de la muerte. Ambas prácticas difieren en cuanto a su intencionalidad: provocar la muerte o resolver un sufrimiento.
Con la invocación de los cuidados paliativos como alternativa a la prestación de ayuda a morir parece que los defensores de esta posición han descubierto las sopas de ajo. Los cuidados paliativos forman parte de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud desde 2006 y son una prestación sanitaria cuyo acceso es universal y por ello un derecho de todos los ciudadanos tributarios de los mismos por su estado de salud, independientemente de su edad.
Mitigar el sufrimiento
La atención paliativa se puede recibir en el domicilio, en los centros de atención primaria o en los centros sanitarios de internamiento. Quienes los reciben son pacientes que tienen una enfermedad crónica avanzada o se encuentran en situación de final de vida y los cuidados paliativos lo que pretenden es mejorar la calidad de vida de la persona enferma y de su entorno familiar o cuidador, mitigando el sufrimiento. Lo que se pretende con los cuidados paliativos es que el enfermo y su entorno puedan vivir bien el tramo final de la vida y morir bien. Y en este contexto puede surgir la petición de la ayuda a morir, pero no necesariamente.
Séneca escribió a Lucilio: Lo mejor que ha ordenado la ley eterna es que proporciona una sola forma de entrar en la vida, pero muchas de abandonarla. ¿He de esperar la crueldad de la enfermedad y del hombre, cuando puedo escapar del miedo de la tortura y liberarme de todos mis problemas? Esta es la razón por la que no hemos de lamentar la vida: no sujeta a nadie contra su voluntad”.
En conclusión: sí a la mejora de la atención sociosanitaria, sí a unos cuidados paliativos de calidad, sí a la sedación terminal y también sí al derecho de la persona, de acuerdo con sus valores, a decidir libremente dejar de vivir y solicitar ayuda para morir cuando esa vida deja de tener la dignidad que merece según su propio concepto.
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