El Pleno del Congreso de los Diputados votará, una vez más, este martes la toma en consideración de la proposición de Ley de Eutanasia del PSOE, esto es, si el texto que proponen los socialistas puede empezar su tramitación parlamentaria o no. En la anterior legislatura, el PSOE ya había presentado este mismo texto de Proposición de Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia a las Cortes Generales. Y ya se había votado su toma en consideración por primera vez en junio de 2018, que consiguió el sí a ser tramitada gracias a un cambio de última hora en la postura de Ciudadanos, que pasó del voto en contra a la abstención.
A falta de gobierno se disolvieron las Cortes y la iniciativa, pese a contar con el sí a ser tramitada, decayó. En septiembre de 2019 los socialistas volvieron a presentar para su toma en consideración un texto de ley de eutanasia, que fue aceptada con el apoyo mayoritario del Congreso (PP y VOX votaron en contra). Sin embargo, de nuevo la ausencia de un Gobierno forzó la disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones, lo que impidió que la iniciativa legislativa efectivamente fuese tramitada y aprobada.
Este martes por la tarde está previsto que, por tercera vez, los partidos se pronuncien sobre la toma en consideración del texto registrado por los socialistas, que es un calco del presentado en la anterior legislatura y, salvo sorpresas de última hora, los socialistas no tendrán problema para pasar este primer trámite ya que contarían con votos suficientes, pese a la oposición de PP y VOX que presentarán su propia iniciativa de cuidados al final de la vida.
La reforma de la ley de eutanasia, que aunque consiga el sí este martes a su toma en consideración deberá pasar todavía un largo trámite parlamentario antes de verse plasmada en el BOE, es una de sus grandes promesas electorales del gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos.
Según el PSOE, la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia registrada “pretende dar una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista a una demanda social, regulando el derecho de toda persona que cumpla las condiciones exigidas a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir. Y pretende con ello hacer compatibles derechos y principios constitucionales como son el derecho a la vida y a la integridad física y moral, con la dignidad, la libertad y la autonomía de la voluntad”.
El texto de la iniciativa socialista establece como requisitos para recibir la “prestación de ayuda para morir” el hecho de sufrir una enfermedad grave o incurable o una enfermedad grave, crónica e invalidante certificada por el médico responsable.
Además quienes soliciten esta prestación, que será financiada por el sistema público pero podrá prestarse tanto en centros públicos como privados o en el domicilio, deberán tener nacionalidad española o residencia legal, mayoría de edad y ser capaz y consciente en el momento de la solicitud. Tendrán que prestar su consentimiento informado y disponer por escrito de la información que exista sobre su proceso médico, diferentes alternativas y posibilidades de actuación, incluidos los cuidados paliativos.
Objeción de conciencia
Antes de que se conceda el derecho a eutanasia los pacientes deberán haber formulado dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, dejando una separación de al menos quince días naturales entre ambas solicitudes, salvo que el médico responsable considere que la muerte de la persona o la pérdida de su capacidad para pedir el consentimiento informado son inminentes. También será posible la eutanasia si el médico certifica que el paciente está en esa situación de incapacidad permanente y previamente había firmado un documento de instrucciones previas solicitando eutanasia en determinadas circunstancias. Harán falta dos médicos para la decisión.
El documento solicitando la eutanasia deberá firmarse en presencia de un médico y podrá revocarse según la propuesta socialista en cualquier momento. Las denegaciones de prestación de la solicitud de ayuda para morir se harán también por escrito y de forma motivada por parte del médico que podrá ejercer también su derecho de objeción de conciencia. Habrá también un control previo por parte de una Comisión de Evaluación ante las solicitudes recibidas y la posibilidad de recurrir las denegaciones que haga el médico.
La proposición de ley socialista se basa en la reforma del Código Penal, en concreto, del apartado 4 del artículo 143 de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, que en adelante, si prospera la iniciativa socialista dirá: “No será punible la conducta del médico o médica que con actos necesarios y directos causare o cooperare a la muerte de una persona, cuando ésta sufra una enfermedad grave e incurable o enfermedad grave, crónica e invalidante, en los términos establecidos en la normativa sanitaria”.
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