El Juzgado de lo Social número 1 de Benidorm (Alicante) ha reconocido en una sentencia el derecho de los trabajadores de la empresa Marina Salud -que gestiona en régimen de concesión administrativa el Departamento de Salud de Denia-, a percibir, con efectos económicos de 1 de enero de 2018 el complemento de carrera/desarrollo profesional de conformidad con lo pactado en el acuerdo firmado en agosto de 2016.
Carrera profesional
El Supremo confirma que el interino estatutario también tiene derecho a la carrera profesional
La sentencia de conflicto colectivo, promovida por el Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) y a la que, finalmente, se unieron otras organizaciones sindicales del comité de empresa, obliga a la compañía a cumplir con lo firmado y abonar a los profesionales las cantidades que se les adeudan.
En marzo de 2014 se suscribió el I Convenio Colectivo de la empresa Marina Salud y en agosto de 2016 se reguló el encuadramiento de todos los profesionales en estos mecanismos, pero no se estableció el contenido económico a percibir y quedó aplazado a los resultados económicos de la empresa en 2017. Llegado a ese periodo, la empresa no abonó dicho complemento alegando la falta de beneficios.
Según explica a Diario Médico Concepción García, secretaria provincial de SAE en Alicante, “en la negociación se ligó el abono a los resultados y, curiosamente, la concesión alegó que no había obtenido beneficios, justamente cuando siempre alardean ante la Administración y los medios de comunicación de buena gestión y resultados“. Tras el impago, añade, “se hicieron reclamaciones en Inspección de Trabajo y otras instancias, además de varios actos de conciliación. Pero al no llegar a acuerdo, tuvimos que ir a los tribunales y apostar por la por vía judicial”.
Se puso en marcha una demanda de conflicto colectivo por incumplimiento de convenio y un informe pericial incorporado al proceso, demostró los beneficios económicos de la empresa Marina Salud S.A. en el ejercicio señalado, por lo que debería haber abonado las cantidades correspondientes.
García señala que la sentencia afecta a unos 1.800 trabajadores laborales de la empresa, “de los cuales entre 300 y 400 son médicos”, explica Andrés Cánovas, secretario general del Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-CV). Ambos sindicatos, que conforman actualmente una coalición, coinciden en destacar que la sentencia “ratifica lo plasmado en los
acuerdos: que la empresa debe pagar la carrera y el desarrollo profesional”.
La sentencia puede ser recurrida, pero los dirigentes sindicales aseveran que el pronunciamiento deja muy a las claras la validez de sus argumentos.
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