Como ya hizo el 23 de diciembre y como viene siendo habitual, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha vuelto a avalar la petición del Gobierno autonómico en relación a las medidas para atajar la covid. En este caso, ha admitido la prórroga de 14 días al toque de queda nocturno, de 1:00 a 6:00 de la noche, y a seguir limitando las reuniones a un máximo de diez personas. Medidas que han sido aprobadas hasta el 21 de enero.
En su auto, conocido este miércoles, 5 de enero, el TSJ se refiere a la pandemia en los siguientes términos: "La situación presenta en estas fechas unas características bastante desfavorables, siendo marco obligado de examen el relativo, cuando menos, a los valores de la vida, la salud y la defensa de un sistema de asistencia sanitaria cuyos limitados recursos es necesario garantizar adecuadamente".
Por lo tanto, a la luz de esa situación, los magistrados afirman. "Nos hallamos en la preservación de derechos fundamentales como la vida, la integridad física y el derecho a la protección de la salud, representativos de un interés público común que, en plena pandemia, adquiere un carácter esencial, y cuya preservación, en consecuencia, ha de ser el criterio principal a tener en cuenta, sin que frente a él se vislumbren otros derechos diferentes merecedores de mejor protección".
Municipios afectados
En su petición, elevada al TSJ este martes, el Gobierno autonómico ha actualizado el listado de municipios afectados por el toque de queda, un total de 132 localidades, que son aquellas con más de 10.000 residentes y una incidencia acumulada a 7 días superior a 250 casos por cada 100.000 habitantes.
También los conocidos como "municipios isla", aquellos que colindan con localidades de alta incidencia y que son en concreto nueve. Como en la anterior resolución, todas las grandes localidades catalanas están incluidas, entre ellas Barcelona y las ciudades metropolitanas, y las otras tres capitales de provincia: Girona, Lleida y Tarragona.
El ejecutivo catalán también ha decidido prorrogar 14 días más medidas que no requieren aval judicial previo: ocio nocturno cerrado, 50% de aforo en interior de restaurantes y bares y 70 % en comercios, instalaciones deportivas, salas de conciertos, teatros, cines, auditorios...
El auto del TSJ ha venido precedido por el informe de la Fiscalía que, a diferencia de lo que ocurrió cuando la Generalitat pidió el aval judicial al toque de queda por primera vez, no ha manifestado ninguna oposición.
Esta vez, con la Fiscalía a favor
En su informe, la Fiscalía sostiene que a partir de los argumentos expuestos por la autoridad sanitaria, aparece ahora "debidamente justificada" la "necesidad, idoneidad y proporcionalidad de su mantenimiento y prolongación".
La Fiscalía se opuso el pasado 23 de diciembre a la pretensión de la Generalitat de que el TSJC autorizara durante 14 días el toque de queda nocturno y la limitación de las reuniones a un máximo de diez personas, al considerar que eran medidas "severas, extensas, muy restrictivas, intensas y generalizadas" que no veía ni "idóneas" ni "necesarias" para la reducción de los contagios.
No obstante, en su informe, la Fiscalía concluye que, una vez que estas medidas ya fueron autorizadas el pasado 23 de diciembre por el alto tribunal catalán, que las consideró necesarias, idóneas y proporcionadas, concurren en estos momentos las circunstancias apreciadas entonces por la sala, al tratarse de una prórroga temporal por la caducidad del plazo.
Son medidas "que no son agradables ni deseadas pero necesarias" para evitar "daños mayores" de la sexta ola, según afirmó el Ejecutivo catalán, el pasado martes, y recoge la agencia EFE.
"No es agradable ni deseable, pero es necesario", destacó rueda de prensa la portavoz del Govern, Patricia Plaja, consciente de que imponer estas restricciones es "doloroso y condiciona el día a día de las personas", con un impacto económico y emocional tras casi dos años de pandemia.
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