El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha dicho a la Audiencia Provincial que debe repetir el juicio en el que dictó la absolución de una cuidadora, acusada de haber sustraído 306.912 euros a la anciana de la que se encargaba.
La clave de la absolución dictada por la Audiencia estuvo en que el testimonio de la anciana de 84 años, quedó anulado debido al deterioro cognitivo que era evidente. Sin embargo, el TSJ de Navarra advierte que al descartar estas declaraciones la Audiencia no ha cumplido las garantías procesales necesarias que amparen "el derecho a una tutela judicial efectiva" de la víctima. Porque, como recuerda el tribunal, hay mecanismos para determinar el alcance del testimonio de la víctima y corregir su declaraciones.
"En esta tesitura -el tribunal señala en su auto que- las excepcionales circunstancias personales de la principal testigo de cargo [que es la propia víctima, la anciana], por su avanzada edad, así como por la existencia de un deterioro cognitivo, al parecer, de carácter leve, exigía como obligación positiva que incumbe al Tribunal, la adopción de especiales ajustes y la emisión de dictamen experto, tal y como proponía la acusación particular, mediante la asistencia de la psicóloga forense durante su declaración, o bien, como proponía el Ministerio Fiscal, mediante la exploración médico forense previa a su declaración, o incluso ambas”, subraya la Sala.
Elementos "de ajuste"
En definitiva, los magistrados reprochan a la Audiencia que la denunciante hubiera declarado en el juicio "sin asistencia de dictamen experto y sin adoptar ningún tipo de ajuste razonable", como son "la intervención de una persona experta que formule las preguntas que previamente le suministren las partes, proximidad con la persona que le pregunta, asistencia durante su declaración de un experto que informe sobre la coherencia, afectación psicológica o estado psíquico de la testigo durante su declaración, etc". Esta tipo de medidas o, en su defecto, "cualquier otra que pueda ser aconsejada por expertos en el caso concreto o que el tribunal estime oportuno acordar de oficio".
Así, el TSJ de Navarra se refiere a estas intervenciones de profesionales sanitarios como necesarias para garantizar el respeto a la tutela judicial efectiva y obliga a la Audiencia Provincial a repetir el juicio con una nueva composición del tribunal sentenciador. La decisión del TSJ de Navarra no admite recurso.
Resolución de la Audiencia
La sentencia anulada se dictó el pasado julio, cuando la sección segunda de la Audiencia absolvió a la procesada, la cuidadora de la anciana, para la que la Fiscalía había solicitado una pena de 6 años de prisión, como autora de un delito de apropiación indebida.
Por su parte, la acusación particular había pedido cinco años de prisión por el citado delito, así como dos más por un delito de trato degradante. La defensa había reclamado la absolución.
El robo denunciado
Según las acusaciones, la inculpada se aprovechó de la edad avanzada de la víctima, de 84 años en el momento del juicio, y de su situación de vulnerabilidad para disponer de forma continuada de diversas cantidades de dinero, bien a través de extracciones en cajeros automáticos, bien a través de ventanilla. Entre octubre de 2017 y enero de 2021, la perjudicada sufrió una disminución patrimonial de 303.400 euros, un hecho incontrovertido que quedó demostrado en el juicio.
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