Los titulares de las oficinas de farmacia, como gestores de personal que son, tienen que tener muy en cuenta los cambios que se están produciendo en materia de indemnizaciones en los despidos y es que las normativas europeas y las primeras sentencias ya apuntan a cambios significativos en este sentido.
Una sentencia del pasado 23 de abril del Tribunal de Justicia del País Vasco, Sala de lo Social, fija una compensación reparativa adicional a la indemnización tasada por la calificación de la improcedencia del despido. Concretamente, la indemnización correspondiente a la improcedencia ascendía a 5.000 euros y, sin embargo, se fijan 30.000 euros adicionales al anterior importe, para compensar los daños y perjuicios sufridos por el trabajador cesado, explica Elena Ropero, directora del departamento Laboral, Extranjería y Penal de Orbaneja Abogados, la misma que matiza que la sentencia no es firme y puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.
Este dictamen del juzgado vasco marca un punto de inflexión y es que “es la primera vez que se cuestiona por los Tribunales la insuficiencia de indemnización tasada y topada por despido improcedente fijada en la legislación Española en función del salario y la antigüedad, basándose en una reciente decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales”, añade Ropero, quien agrega que “la decisión europea sólo es una recomendación y no genera jurisprudencia, pero sin embargo el Tribunal utiliza dicho argumento”. Este aumento de las indemnizaciones por despido era una de las previsiones más destacadas en materia laboral en la oficina de farmacia para este 2024 como ya adelantaba este diario.
Hay que recordar que la oficina de farmacia en España tiene una media de 3,18 empleados, según el último informe de Aspime, en el que se refleja que el número de trabajadores va creciendo a medida que se eleva la facturación media. En farmacias de menos de 300.000 euros anuales la gestión la suele llevar el titular y algún auxiliar, mientras que en el rango más elevado, en las oficinas de farmacia con facturaciones superiores al 1,2 millones de euros al año, la plantilla tipo es de 16,4 trabajadores.
Transposición de la normativa europea a España
Elena Ropero explica que en una reciente decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales se cuestionan las indemnizaciones establecidas en la normativa española, debido a que vulnerarían el artículo 24 de la Carta Social Europea, en el cual se establece la necesidad y el derecho de los trabajadores despedidos sin razones válidas a una reparación adecuada. “Esta decisión aún no está publicada, pero ya es vox populi”, refrenda la especialista.
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