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lunes, 6 de septiembre de 2021

Condena por no descartar una perforación intestinal tras cerrar un estoma

Profesión
soledadvalle
Lun, 06/09/2021 - 14:50
Mala praxis
Un equipo de sanitarios durante una cirugía.
Un equipo de sanitarios durante una cirugía.

La Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reprocha al Servicio de Salud de esta comunidad autónoma (Sacyl) que durante los 5 días posteriores al cierre de la ileostomía de un paciente no realizó "una mínima actividad dirigida a excluir las causas que motivaban el dolor, más allá de enmascararlo mediante el suministro de morfina". El paciente, de 61 años, falleció de una peritonitis secundaria a una intervención para el cierre de un estoma.

En el consentimiento informado para cerrar un estoma figura la peritonitis entre los riesgos de la intervención. Además, el fallecimiento por esta causa también se recoge como una posibilidad en el consentimiento, aunque remota.

En consecuencia, el tribunal autonómico ha admitido el recurso de la familia, representada por un abogado de la asociación El Defensor del Paciente, contra el silencio de la Administración al recurso en vía administrativa por mala praxis. Ha condenado al Sacyl a indemnizar con 109.273 a la viuda del paciente que falleció, con 91.681 a su hijo y con 93.907 a la hija que también quedó huérfana de padre. 

Cronología del caso

Los hechos que se juzgan comenzaron el 30 de agosto de 2017 en el Hospital Clínico Universitario de Valladolid donde intervinieron al paciente para el cierre de una ileostomía, que le abrieron por un proceso oncológico. La intervención programada a primera hora de la mañana duró menos de 60 minutos. En el posoperatorio se indicó tratamiento con suero glucosalino, omeprazol 40 mg y analgesia intravenosa con paracetamol 1g/8 horas.

Casi a las tres de la tarde del día de la intervención, el paciente se quejó de dolor moderado y se le adelantó la analgesia pautada para una hora después. A las nueve y media de la noche el paciente volvió a quejarse de dolor, enfermería avisó al médico de guardia, que volvió adelantar la analgesia. 

Esa noche, en las hojas de enfermería quedó descrito que el paciente "tiene un dolor muy intenso tipo punzante en zona abdominal calificado de insoportable". Entonces, enfermería consulta con el médico de guardia que pauta "alprazolam y cloruro mórfico de rescate". En la noche del 30 al 31 de agosto el enfermo recibió varios rescates de morfina por dolor fuerte. 

El día siguiente la situación no mejoró. Según informe de enfermería, "el paciente continuó durante el día con dolor muy intenso en menor grado que ayer pese a la morfina precisando a las 21:00 un bolo adicional de mórfico y se avisa a médico residente para valoración quién no modifica la medicación". 

El tercer y cuarto día tras la intervención la tónica fue similar, aunque registró una leve mejoría. El 4 de septiembre presentó disnea y mareos de madrugada, en la exploración física quedó anotada hipotensión arterial y sudoración. Ante esta situación y debido a los antecedentes de EPOC del paciente, el facultativo pautó broncodilatadores inhalados y una radiografía de tórax. En Medicina Interna se apuntó una saturación del 96% y afebril, entre otros datos. Se indicó oxigenoterapia, urbasón y 500 cc de suero fisiológico rápido. 

Pocas horas después, a las diez de la mañana, se apreció abdomen distendido, fallo hemodinámico y se solicitó una TC abdominal e ingresó en la unidad de reanimación. 

En reanimación se colocó un catéter venoso yugular con la incidencia de presentar una punción arterial carotidea iatrogenia que precisó reparación quirúrgicamente de forma urgente por cirugía vascular. 

Fallo multiorgánico

A las pocas horas, fue intervenido de forma urgente mediante una laparotomía exploradora, apreciándose una peritonitis purulenta difusa. La peritonitis era secundaria a una perforación puntiforme de aspecto isquémico en la zona preanastomótica del íleon. Tras la cirugía urgente ingresó en la unidad de reanimación general, donde falleció el 5 de septiembre por un fallo multiorgánico tras el shock séptico secundario a una peritonitis difusa por perforación intestinal postquirúrgica. 

Pues bien, a la luz de estos hechos, la Sala Contenciosa concluye en la sentencia que "sí hubo infracción de la lex artis desde el momento en que la posibilidad de una infección y de que se produjera una peritonitis está contemplada como una complicación inherente al tipo de cirugía a que fue sometido el paciente, por ello debía extremarse las precauciones ante el mínimo síntoma que pudiera evidenciarla, siendo el dolor uno de esos síntomas, aunque no concurrieran otros". 

Y continúa la resolución: "La persistencia del dolor posoperatorio intenso, aunque hubiera algún momento en que cediese, que obliga a continuos rescates mórficos y que perdura con intensidad al tercer día del posoperatorio debió hacer sospechar la presencia de una complicación posoperatoria". 

"Un diagnóstico precoz de la perforación y la intervención quirúrgica urgente posiblemente hubiera evitado las complicaciones que determinaron el fallecimiento del paciente", dice la sentencia

Así que de manera tajante, los magistrados afirman que "no parece justificado que pese a la posibilidad cierta de que se produzca una infección y ante la realidad de un dolor intenso que sufría el paciente tras una intervención quirúrgica que por su duración no justifica esa intensidad de dolor, estando el paciente en un recinto hospitalario, no se lleve a cabo una mínima actividad dirigida a excluir las causas que motivaban el dolor sufrido, más allá de enmascararlo mediante el suministro de morfina". 

Por estos motivos, el TSJ de Castilla y León consideran que concurren los requisitos para exigir una responsabilidad patrimonial por una deficiente actuación sanitaria. "Un diagnóstico precoz de la perforación y la intervención quirúrgica urgente posiblemente hubiera evitado las complicaciones que determinaron el fallecimiento del paciente", dice la sentencia. 

Aunque no reconocen una relación directa entre la mala praxis y el fallecimiento del paciente, pues "no cabe excluir por completo que este resultado se hubiera producido en cualquier caso". De este modo, los magistrados reducen la indemnización a la que tiene derecho la familia recurrente, y lo hacen en un 20%. La sentencia admite recurso de casación ante la misma sala. 

El paciente falleció a los 61 años y ahora el TSJ de Castilla y León ha condenado al Sacyl a indemnizar con 300.000 euros a la viuda y a los hijos por una mala praxis. Off Soledad Valle. Madrid Off

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