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martes, 7 de enero de 2025

La migraña crónica es motivo de incapacidad permanente absoluta, lo dice el juez

Política y Normativa
soledadvalle
Mié, 08/01/2025 - 07:59
Sentencia

"Cada vez hay más pacientes que obtienen la incapacidad permanente por migraña crónica, pero este reconocimiento está lejos de la realidad de la enfermedad". Así se manifiesta el neurólogo Roberto Belvís, coordinador del Grupo de Estudios de Cefaleas de la Sociedad Española de Neurología (SEN), al valorar la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Orense, que admite la incapacidad permanente absoluta a una paciente con migraña crónica refractaria y fibromialgia.

El juzgado, en su resolución con fecha del 28 de noviembre de 2024, cita jurisprudencia en relación a la incapacidad permanente absoluta (para realizar cualquier trabajo) asociada a la migraña. 

Sentencias del Tribunal Supremo, además de tribunales autonómicos como el TSJ de Cataluña o el TSJ de Castilla y León, han dado la incapacidad permanente absoluta y la pensión que este reconocimiento tiene asociada (el 100% de la base reguladora) en pacientes con "migraña crónica, con aura visual y más de 15 días de dolor al mes". También con "crisis migrañosas mensuales de entre 24 horas a 7 días de duración, de intensidad grave".  

¿Cuándo la migraña es crónica?

¿Qué dice la evidencia científica? "La migraña es crónica cuando se producen más de ocho día de migraña al mes y más de quince días en total de dolor de cabeza al mes. Un mes tras otro, tras otro... Es realmente un proceso muy incapacitante. Afecta a un 4% de la humanidad y es una enfermedad frecuente. Los problemas de concentración durante el trabajo producen un alto impacto, no solo en el trabajador, sino en la producción, y los centros no están sensibilizados para tener a trabajadores con migraña", asegura Belvís. 

Eugenio Moure es el abogado de la paciente que ha ganado el juicio en Orense. Moure expone la dificultad de obtener una victoria para el paciente en estos procesos judiciales en los que "debemos desacreditar el dictamen de un equipo de valoración de incapacidades (EVI) del INSS". 

Es decir, el punto del que parte la justicia son los informes elaborados por especialistas -del INSS-, entre ellos médicos, a los que, además, se les presupone imparcialidad, por ser funcionarios públicos. Desmontar estas evidencias no es fácil, explica Moure. El camino pasa por acudir a la historia clínica de la paciente y ver su evolución, consultando informes de los médicos asistenciales y asesorado por peritos especialistas. "No hay enfermedades, sino enfermos", señala el abogado. 

En la sentencia del juzgado social de Orense, la paciente partía del reconocimiento de una incapacidad permanente total, con una pensión del 55% de la base reguladora. Ahora, tras la victoria judicial, la afectada tiene reconocida una incapacidad permanente absoluta y una pensión del 100% de la base reguladora. 

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