Las farmacias de Aragón han intensificado el ritmo de certificaciones digitales covid europeos (CCD). Comenzaron en agosto, mediante un acuerdo de colaboración entre la Consejería de Sanidad y el Consejo de COF, que se ha hecho público hoy, y en noviembre pisaron el acelerador. Fue el 24 de dicho mes cuando el Gobierno de Aragón emitió una orden para exigir el certificado covid a mayores de 12 años en los establecimientos de ocio nocturno, restauración y eventos multitudinarios. Desde agosto las boticas de Aragón han registrado y emitido 9.450 certificados covid europeos, de los que 728 han sido desde noviembre, y han notificado 150 positivos. De las 733 farmacias de Aragón, se han adherido al programa 309, casi la mitad (un 42%).
Farmacias de otras comunidades autónomas, como Galicia (desde el mes de julio) y Murcia, pueden emitir también certificados covid, pero a nivel de la comunidad autónoma. Sin embargo, fuentes del COF de Murcia explican a este medio que aspiran a seguir los pasos de Aragón y están a la expectativa del pronunciamiento del TSJ de Murcia sobre la exigencia del certificado para acceder a locales de ocio. Solo en el mes de noviembre las farmacias de Murcia notificaron un 40% más de posibles casos positivos, derivados para confirmación por PCR.
"El certificado que expedimos en farmacias de Galicia es el de la Xunta, no el europeo, pero lo están admitiendo en Portugal y Reino Unido"
Por su parte, Alba Soutelo, presidenta del COF de Pontevedra, señala a este medio cuáles son las diferencias entre los certificados de su comunidad y los de Aragón: "Las farmacias de Aragón tienen dos opciones: o hacer el test de autodiagnóstico de antígenos o el test profesional. Con el profesional sí pueden emitir el certificado europeo, pero no con el otro. En Galicia hacemos test de autodiagnóstico y emitimos certificado de la Xunta de Galicia, no el europeo. Sirve para acceder a la hostelería, competiciones deportivas, gimnasios...la movilidad dentro de Galicia". Pero eso es sobre el papel. En la práctica, el certificado gallego lo están aceptando incluso fuera de España: "No es el europeo, pero vemos que lo están admitiendo en Portugal, Reino Unido...este puente han ido muchos gallegos a Portugal con este certificado y, que sepamos, nadie tuvo problemas", comenta Soutelo.
Requisitos del acuerdo
El presente acuerdo de Aragón tiene una vigencia de un año, desde el 3 de agosto de 2021, pudiéndose prorrogar por periodos mensuales por acuerdo tácito de las partes. ¿En qué se basa este acuerdo de colaboración? Es un acuerdo para la trazabilidad y el correcto seguimiento de la información de la información derivada de la realización de test de antígenos de SARS-CoV-2 (test de autodiagnóstico de venta libre en oficina de farmacia y test de diagnóstico profesional). Para que las pruebas de diagnóstico de antígenos sean válidas para la emisión del certificado digital covid europeo (CCD), es imprescindible una serie de requisitos y se recalca que los test de autodiagnóstico no son válidos para la confirmación de caso de enfermedad covid ni para la emisión del certificado covid digital:
1. Que las pruebas de antígenos realizadas estén dentro del listado aprobado por el Reglamento UE 2021/953.
2.Que la prueba sea realizada en su totalidad por un profesional sanitario. No se pueden generar CCDs basados en pruebas de autodiagnóstico.
3. Los resultados negativos y positivos deben ser comunicados al Departamento de Sanidad para inclusión en SERLAB, conforme a la Ley 2/2021. Solo los resultados negativos pueden usarse para generar un CCD de prueba diagnóstica, puesto que el Reglamento UE 2021/953 no permite la generación de CCD de recuperación basados en test de antígenos.
4. El CCD se podrá facilitar al ciudadano por vía presencial o electrónica.
En resumidas cuentas, los pasos a seguir por el farmacéutico se resumen en seis:
1- Informar y citar al usuario.
2- Identificación del usuario y consentimiento informado.
3- Realizar la toma de muestra.
4- Realizar el test.
5- Interpretar, registrar y comunicar el resultado.
6- Obtención del certificado o Instrucciones para la obtención del certificado digital COVID19 de la UE, emitido por la Administración, o del certificado emitido por la oficina de farmacia y válido a efectos de lo dispuesto en la ORDEN SAN/861/2021 y csv: BOA20211209019 Núm. 249 Boletín Oficial de Aragón 09/12/2021 50740 la normativa posterior que dicte modulaciones a las restricciones propias del nivel de alerta sanitaria.
7- Recomendaciones al usuario en caso de resultado positivo.
Qué ocurre si el test es positivo
En el caso de que el test sea positivo, el mismo se comunicará a través de la aplicación para la notificación de casos sospechosos de covid-19 disponible en la web del departamento de Sanidad.
El Consejo de COF de Aragón notificará diariamente, a través de los respectivos Colegios provinciales, a la Dirección General de Asistencia Sanitaria la relación de farmacéuticos titulares de oficina de farmacia que hayan presentado la Declaración Responsable a los efectos de darles de alta como usuarios en la aplicación para la emisión de certificados, así como en la aplicación para la notificación de casos sospechosos. El Departamento de Sanidad suministrará directamente a los farmacéuticos adheridos las credenciales para el uso de las aplicaciones, en el caso de que estas fueran necesarias.
El farmacéutico se comunica con la administración mediante una aplicación o, si no está operativa, vía e-mail
Cuando un ciudadano se dirija a una de las oficinas de farmacia adheridas a la campaña para comprar un test de autodiagnóstico, el farmacéutico le propondrá que se realice la prueba en la propia farmacia. Si el ciudadano acepta, el farmacéutico le acompañará a la zona de atención farmacéutica u otro espacio con intimidad suficiente y le realizará la prueba.
Una vez realizada la prueba, y previo consentimiento del paciente, el farmacéutico registrará el resultado de la misma. Si dicho resultado fuera positivo, además de registrarlo, lo notificará mediante la aplicación informática que el Departamento de Sanidad pondrá a disposición de las oficinas de farmacia.
En el caso de que la aplicación no esté operativa, la misma información se comunicará mediante correo electrónico a la siguiente dirección de correo: sospechascovid@aragon.es, utilizando para ello el modelo de datos que se presentan en el anexo IX. Así mismo deberá informar al ciudadano de que tiene que
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