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martes, 2 de octubre de 2018

Madrid: así es la base de la futura Ley de Salud Pública

La futura Ley de Salud Pública de la Comunidad de Madrid ha comenzado, al fin, su tramitación oficial. Tal y como avanzó a DM hace dos semanas Juan Martínez Hernández, director de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, el borrador de anteproyecto de la norma acaba de salir a consulta pública en el portal de transparencia de la comunidad.

El texto del borrador de anteproyecto concreta algunas de estas ideas. En primer lugar, define quiénes son profesionales de la salud pública: “Médicos, veterinarios, farmacéuticos, biólogos, químicos, enfermeros, técnicos de laboratorio, otros profesionales de apoyo y las nuevas profesiones de la salud pública, entre las que se destacan demógrafos, matemáticos, estadísticos, psicólogos, sociólogos y pedagogos, así como los jurídicos o bioéticos”.

¿Qué cuestiones regulará la ley?

La norma, que Sanidad esperaba aprobar antes de final de año pero que no estaría lista hasta final de legislatura -antes de mayo de 2019-, regulará multitud de ámbitos: Funciones del Laboratorio Regional de Salud Pública, carrera profesional, a evaluación del impacto en salud de normas públicas, gratuidad de las vacunas, dispositivos de alerta rápida, coordinación con las unidades asistenciales, las competencias autonómicas y locales, la figura de los inspectores, las actuaciones en prevención, promoción y cuidado de la salud, la investigación en adicciones, el abordaje de la salud laboral, ambiental y alimentaria, la participación ciudadana…

Habrá una regulación específica de la Evaluación del Impacto en Salud como requisito previo para la aprobación de planes o actuaciones públicas

Por otro lado, se define la figura del Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, “la referencia para el control oficial, cuyo objetivo es dar apoyo analítico y asesoramiento técnico en el desarrollo de las actuaciones de salud pública en el ámbito de la prevención, la sanidad ambiental, la seguridad alimentaria y la vigilancia epidemiológica”.

Como refleja el documento de impacto normativo, organizativamente “se apuesta por una única área administrativa de salud pública, que abarca todo el territorio de la comunidad, y se postula el reconocimiento de la carrera profesional de sus profesionales sanitarios”.

Martínez Hernández ya había avanzado a este periódico algunas novedades que la futura ley espera incluir: “Queremos unificar la normativa en un único documento para facilitar la labor de los inspectores; mejorar el proceso de vacunación; tener en cuanto a las nuevas necesidades sociales y demográficas; establecer por ley [ya se hace ahora de facto] la gratuidad de las vacunas de calendario; desarrollar instrumentos para coordinar mejor las administraciones, mejorando el reparto competencial entre Comunidad y Ayuntamiento; regular la evaluación del impacto en salud de las actividades de todos los departamentos, tal y como se hace ahora con impacto ambiental…”.

Surgirán las figuras de Agencias Privadas de Salud Pública y Agentes Promotores en Salud, y los inspectores serán agentes de la autoridad sanitaria

Habrá una regulación específica de la Evaluación del Impacto en Salud “con actuaciones en una triple vertiente. En primer lugar, se establece como requisito previo para la aprobación de planes o actuaciones públicas. En segundo, como valoración adjunta a la evaluación de impacto ambiental en proyectos públicos y privados sometidos a esta evaluación. Y, en tercer lugar, como declaración responsable para los operadores que desarrollen actividades en las que sea previsible gran afluencia o concurrencia de público”. De forma complementaria, se crea la Comisión de Evaluación del Impacto en Salud “para la consecución del objetivo de ponderar el efecto en la salud de todas las políticas públicas establecido en lanormativa básica”.

También surgirán nuevas figuras en torno a la prevención, promoción y cuidado de la salud, como las Agencias Privadas de Salud Pública y los Agentes Promotores en Salud. En el primer caso, podrán optar a este reconocimiento entidades sin ánimo de lucro; en el segundo, personas físicas o jurídicas.

Por otro lado, se reconocerá a los inspectores “como agentes de la autoridad sanitaria” y se regularán las “medidas cautelares y gabinete de crisis para la rápida actuación y comunicación en caso de grave riesgo para la salud pública”.

Una norma con retraso

La futura norma será una realidad, cuando se completen los trámites, con bastante retraso. En junio del año pasado, la consejería ya publicó en el portal de transparencia una memoria descriptiva del anteproyecto, pero el texto no continuó su tramitación. En este tiempo, Madrid ha cambiado de presidente y de consejero, y trata de retomar el proyecto. Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad, reconoció a este periódico a principios de año que sería complicado que la ley estuviera lista antes de verano, y que probablemente se retrasaría hasta el segundo semestre.

La oposición lleva tiempo reclamando agilidad para la promesa del Gobierno autonómico de hacer realidad la Ley de Salud Pública. Hace unos meses, el portavoz de Sanidad del PSOE en la Asamblea de Madrid, José Manuel Freire, mostraba sus dudas: “No será sencillo que salga adelante”.

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