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sábado, 26 de octubre de 2019

La pena en agresiones a médicos requiere la denuncia de los hechos

Efectivamente, la situación que plantea no es un hecho aislado. Son muchos los profesionales que pasan por situaciones similares. En primer lugar, cabe matizar que sólo con una sólida relación médico-paciente puede realizarse una atención de calidad, lo que es imposible cuando se produce una ruptura violenta de la misma, que repercutirá sobre el servicio sanitario generando intranquilidad y desconfianza en el resto de los pacientes.

A su vez y consecuencia de lo anterior, las conductas violentas, incluso sin agresión física, son punibles, puesto que rompen algo tan básico como el vínculo de confianza que siempre debe existir en la relación médico-paciente, fundamental para la consecución de los objetivos de la relación clínica.

Nuestro Código Penal, en su artículo 550 y siguientes, tipifica los atentados contra autoridad y funcionarios públicos y, en particular, especial mención realiza al incorporar expresamente a los docentes y sanitarios. El motivo de su inclusión era el castigo de forma contundente de toda conducta lesiva contra los profesionales sanitarios en el ejercicio de su profesión. Interesa traer a colación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño en diciembre de 2017.

En este fallo, el juzgador tuvo ocasión de pronunciarse al respecto de las agresiones sufridas por un profesional sanitario durante su ejercicio profesional, expresando lo siguiente: “Nos encontramos que la agresión y el acometimiento fueron cometidos contra un médico de familia y su enfermera adjunta, ambos son el escalafón primero y esencial de nuestra atención sanitaria. No se ha de consentir ni justificar ningún tipo de acometimiento ni de agresión al personal sanitario (educativo) que, en el ejercicio de sus funciones, cumplen un cometido que va más allá del juramento prestado, representando valores esenciales para con la sociedad”.

En conclusión, debe tener en cuenta que le ampara el ordenamiento jurídico y que es aplicado por nuestros órganos jurisdiccionales, siempre que se denuncien los hechos.

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