Antes de cualquier intervención sanitaria sin riesgo vital hay que recabar el consentimiento del paciente. En el caso de las vacunas frente al SARS-CoV-2, también, como aclara el Ministerio de Sanidad en su Estrategia de vacunación contra la covid-19. La vacuna es voluntaria, pero el paciente debe ser informado antes de ponérsela y, eso sí, basta con que dé su autorización de forma verbal, como norma general, para que sea inmunizado.
En caso de que se niegue a ser vacunado cuando, de acuerdo con los criterios de priorización, le llegue su turno, quedará registrado. Y esto se hará en un registro de negativas a vacunarse contra la covid. Pero hay todavía cuestiones que quedarían por concretar más en este sentido y que cabe esperar que se vayan haciendo. Pues, como apunta la propia Estrategia de vacunación, se trata de un documento "que está sujeto a revisión y actualización continua en función de las nuevas evidencias".
Un registro de negativas
El objetivo de este registro es el "de conocer las posibles razones de reticencia en diferentes grupos de población". Y a pesar de la sorpresa que pueda suponer este apunte, la Ley de Autonomía del Paciente, en su artículo 2.4 dice: "Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito". Es decir, que es una cuestión que figura en la normativa.
"El registro de negativas a vacunarse se sostiene en la Ley de Autonomía del Paciente"
En ese precepto legal se ampara el registro que plantea la Estrategia y ya ocurre. En el caso de, por ejemplo, la negativa a vacunar a un hijo con las inmunizaciones aprobadas en cada autonomía, esa opción queda recogida en la historia clínica del menor. Es decir, no es algo nuevo.
Aunque el consentimiento a la inmunización es verbal, como norma general, porque en toda campaña de vacunación siempre es verbal, hay excepciones. La excepción más habitual es el caso de los menores, pero en esta campaña de vacunación están al final de los grupos prioritarios, por lo tanto, su circunstancia no es muy representativa. Sin embargo, hay que tener en cuenta el caso de los que tengan una situación que les impida la toma de decisiones.
Consentimiento por escrito
Sanidad apunta en su documento que a "las personas que tengan limitada la capacidad para tomar decisiones" es conveniente dar la información y recabar la autorización por escrito por parte del representante legal o personas vinculadas a él o ella por razones familiares o de hecho". En relación a las personas con discapacidad cognitiva o psicosocial pero con un grado que no les impide tomar una decisión, la estrategia recoge que "se informará mediante los formatos adecuados y contando con los apoyos necesarios para que la persona pueda tomar una decisión libre, en condiciones análogas a las demás".
El consentimiento por representación, que recoge la Estrategia, no se concibe que pueda rechazar la vacuna, pues, según adelanta el texto, esa decisión irían en contra "del artículo 9 de la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, cuyo apartado 6 establece que la decisión deberá adoptarse atendiendo siempre al mayor beneficio para la vida o salud del sujeto representado y, por tanto, siempre en su favor".
En otro punto de este documento, también se aclara que la vacunación es voluntaria "y ello, a salvo de lo previsto en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública". De este modo, cabría la posibilidad de que se planteara un escenario que permitiera hacer la vacuna obligatoria, atendiendo al beneficio de la comunidad, y según la evolución de la pandemia. Tal y como queda recogida en la Estrategia, no se cierra ese camino.
En la primera actualización de la Estrategia de Vacunación contra la Covid-19, Sanidad incluye un anexo que debe servir de base para que los servicios de salud autonómicos elaboren la hoja informativa sobre la vacuna, en el caso que se requiera recabar el consentimiento por escrito, o dar la información de manera verbal, que será en la mayoría de las inmunizaciones.
Como datos básicos de la vacuna, el Ministerio asegura que con el fármaco de Pfizer y BioNTech, que es el que, por ahora, cuenta con la autorización de la EMA, se "reduce el riesgo de una persona de infectarse por SARS-CoV-2". Además, apuntan que "la protección óptima de la vacuna se consigue hacia los 7 ó 14 días tras haber recibido la segunda dosis, dependiendo del preparado comercial y los datos de la ficha técnica, aunque como cualquier otro medicamento o vacuna puede que no proteja totalmente a todos los vacunados".
Aseveran que "la vacuna no puede provocar covid-19 en la persona que la reciba al contener solo un fragmento del virus sin capacidad de infectar (no contiene virus vivos, ni su material genético completo)".
La Estrategia es realista sobre lo que puede esperarse de esta inmunidad: "La administración de dos dosis de vacuna reducirá la probabilidad de enfermar, de desarrollar enfermedad grave y de morir. Sin embargo, las personas vacunadas deberán continuar adoptando las medidas preventivas para reducir la transmisión (lavado de manos, uso de mascarilla y distancia interpersonal)".
Y, por último, advierten de que "como todos los medicamentos, la vacuna puede producir efectos secundarios. La mayoría son leves y de breve duración y no siempre aparecen. Son más frecuentes tras la segunda dosis, especialmente el dolor localizado".
"Las personas vacunadas deberán continuar adoptando las medidas preventivas para reducir la transmisión"
En una segunda parte, se habla de los beneficios que se espera conseguir con la vacunación de la sociedad, además de presentar a la vacuna como la solución que nos puede ayudar a recuperar la normalidad perdida. También incluyen información sobre la vacuna de Pfizer y BioNTech, que ya han sido aprobada por la EMA, y la de Moderna publicada en revistas científicas.
Composición del grupo técnico
Otra cuestión que ha salido a la luz con la publicación de la Estrategia es la composición del grupo técnico que ha constituido el Ministerio de Sanidad para elaborar este complejo plan. Y que, además, es un grupo que sigue activo y que deberá concretar detalles de esta Estrategia que están aún sin definir, como los relacionados con el registro de las negativas, y otros nuevos que irán apareciendo.
La lista de expertos es muy larga, entre funcionarios y profesionales que han sido llamados para asesorar en esta cuestión. Dentro de la subdirección General de Promoción, Prevención y Calidad, Dirección General de Salud Pública, del Ministerio de Sanidad, participan Aurora Limia Sánchez, José Antonio Navarro Alonso (Consultor Honorario Permanente de la DGSP), Laura Sánchez-Cambronero Cejudo, Carmen Olmedo Lucerón, Marta Soler Soneira y Elena Cantero Gudino (Tragsatec).
Los miembros de la ponencia de programa y registro de vacunaciones, por comunidades autónomas: David Moreno Pérez (Andalucía), Amós José García Rojas (Canarias), Luis Carlos Urbiztondo Perdices (Cataluña), José Antonio Lluch Rodrigo y Eliseo Pastor Villalba (C.Valenciana), José Antonio Taboada Rodríguez (Galicia), María Dolores Lasheras Carbajo (Madrid), Jaime Jesús Pérez Martín (Murcia) y José María Arteagoitia Axpe (País Vasco).
En representación de asociaciones de profesionales y sociedades científicas: José Javier Gómez Marco, de Semfyc (Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria); Inmaculada Cuesta Esteve, de Anenvac (Asociación Nacional de Enfermería y Vacunas); María Fernández Prada, de AEV (Asociación Española de Vacunología); Federico de Montalvo Jaaskelainen y Vicente Bellver Capella, del Comité de Bioética de España; Josep Lobera Serrano (UAM) y Javier Díez Domingo (Fisabio).
Expertos de la Administración General del Estado: Mª José Sierra Moros, Susana Monge Corella, Agustín Portela Moreira, Alicia Pérez González, Dolores Montero Corominas, Edurne Lázaro Bengoa, Amparo Larrauri Cámara y Montserrat García Gómez.
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