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viernes, 8 de mayo de 2020

Cómo hacer la renta sin volverse loco

Profesión
gemasuarez
08/ 05 / 2020
Fiscal
Renta

Orbaneja Abogados ha lanzado on line la Guía de la Renta 2019 recoge las novedades clave de la campaña del impuesto sobre la renta de las personas físicas y cuenta con consejos específicos para la farmacia, como las deducciones y bonificaciones a las que puede acogerse o la tributación de la compraventa de una farmacia.

Una de las preguntas que responde la guía por ser una de las más frecuentes entre los farmacéuticos es qué significa amortizar y qué bienes se pueden amortizar. Según explica el despacho, el farmacéutico realiza una serie de inversiones que, si cumplen con determiados requisitos, tendrán que amortizarse en función de su vida útil. Y pone un ejemplo: "Si se adquiere una cajonera por importe de 1.000 euros esa cantidad no será gasto deducible en el ejercicio sino que la cajonera se amortizará en función de su vida útil, en este caso 5 años. Por tanto, cada uno de esos cinco años dotaremos de 200 euros como gasto deducible".

Sobre esta cuestión, Orbaneja Abogados recueda que hay dos tipos de tabla de amortizaciones, la simplificada, para los contribuyentes que determinen el rendimiento de la actividad empresarial o profesional mediante el método de estimación directa simplificada (ventas inferiores a 600.000 euros), y la tabla general, para los que recurren al método de estimación directa normal (ventas superiores a 600.000 euros.

Amortizar libremente

También recuerda que las oficinas de farmacia pueden amortizar libremente las inversiones nuevas del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias siempre que esas inversiones vayan acompañadas de creación de empleo. "De este modo -añade- la inversión debe ir acompañada de un incremento de la plantilla de la farmacia referida a los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del año en que los bienes adquiridos entre en funcionamiento, en relación a la plantilla media de los doce meses anteriores y dicho incremento debe manternerse durante un periodo adicional de otros 24 meses.

Asimismo, especifica que la cuantía máxima de la inversión que puede beneficiarse del régimen de libertad de amortización es la que resulte de multiplicar la cifra de 120.000 euros por el incremento de la plantilla.

Fondo de comercio

Los autores de la guía también hacen hincapié en el fondo de comercio, que en el caso de una oficina de farmacia el principal es la clientela (aunque también la ubicación, la razón social, etc.), puesto que es muy importante de cara a la declaración del IRPF, "pues en función del rendimiento de la farmacia convendrá amortizar al máximo anual (7,5%) o diferir el gasto, amortizando un coeficiente inferior al máximo anual, aunque en mayor número de años". 

La guía también explica las ventajas del leasing, las deducciones y ahorro fiscal, inversiones en el inmovilizado material y bienes inmuebles, las deducciones por creación de empresas, por contratación de personas discapacitadas, por maternidad, familia numerosa o tener ascendentes o descentes con discapacidad y el apoyo a los emprendedores. Igualmente, explica qué son los bienes afectos y no afectos a la actividad y la renta vitalicia, entre otros muchso aspectos. 

Orbaneja Abogados ha puesto a disposición de los farmacéuticos su guía 'on line' con las principales novedades de la presente campaña. Off Gema Suárez Mellado Farmacia Comunitaria Off

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