Este miércoles ha salido publicado el reconocimiento del contagio de coronavirus Covid-19 en el personal sanitario y sociosanitario como accidente laboral en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este reconocimiento lo tendrán aquellas infecciones producidas durante y hasta un mes después del estado de alarma, limitación que CCOO considera una desigualdad.
Como explicó ayer DM, se trata de una medida aprobada este martes en el Consejo de Ministros que viene a corregir una de las mayores críticas a cómo se estaban tratando estas infecciones en el personal sanitario: que no había un reconocimiento automático de accidente de trabajo, sino que tenía que reclamarlo de forma individual el profesional.
Según el texto oficial, se reconocerá como accidente de trabajo la infección por el virus SARS-CoV2 durante cualquiera de las fases de la epidemia cuando así se acredite por los servicios de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral.
La previsión se aplicará a los contagios producidos hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma (actualmente el 7 de junio, si bien el Gobierno ha anunciado su intención de solicitar una nueva prórroga), siempre acreditando esta circunstancia con un parte de accidente de trabajo que deberá haberse expedido dentro del mismo periodo de referencia.
Además, en los casos de fallecimiento, se considerará que la causa es accidente de trabajo "siempre que el fallecimiento se haya producido dentro de los cinco años siguientes al contagio de la enfermedad y derivado de la misma".
CCOO ha señalado que se da cumplimiento "parcial" a sus reivindicaciones, pues este reconocimiento "alcanza a las prestaciones de incapacidad temporal, incapacidad permanente, así como todas las prestaciones de muerte y supervivencia que se puedan derivar de las mismas", garantizando de este modo "el nivel más alto de protección social que ofrecen las prestaciones de Seguridad Social, al exigir menores requisitos de acceso y cuantías más altas en las prestaciones".
Ello sin perjuicio de que en algún momento se incluya dentro del cuadro de enfermedades profesionales (si bien CESM, por ejemplo, asegura que la infección por coronavirus ya debería estar reconocida por defecto)
"No obstante, limitar la efectividad de la norma a quienes han contraído la enfermedad hasta el mes posterior a la finalización del estado alarma es insuficiente y, en nuestra opinión, insostenible".
El sindicato entiende que "una persona infectada en su desempeño profesional en un centro sanitario tras la finalización de ese periodo no puede tener un tratamiento distinto a las personas infectadas durante el mismo. Debe incluirse también la previsión de incapacidades permanentes futuras por secuelas".
Además, insiste en que la aplicación de esta norma debe incluir al personal expuesto a los mismos riesgos en transporte sanitario, servicios funerarios o servicios auxiliares en centros sanitarios o socio-sanitarios (limpieza, servicio de comidas,…)
El sindicato añade que "es indudable que los contagios masivos se han producido en el trabajo por la escasez de equipos de protección individual y por la utilización, en muchos casos, de equipos que se han demostrado defectuosos".
Por ello, se compromete a que sus servicios jurídicos orientarán a los afectados "puedan reclamar todas las mejoras previstas para los accidentes de trabajo cuando no se han cumplido las medidas de prevención de riesgos laborales, como el recargo de prestaciones que pueden incrementar las cuantías".
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