Oficina Virtual GRATIS 2 MESES

Oficina Virtual GRATIS 2 MESES
CONSIGUE TU OFICINA VIRTUAL GRATIS

lunes, 11 de mayo de 2020

Sanidad da su brazo a torcer y valorará sobre 10 el expediente de grado de todos los MIR

MIR
franciscogoiri
11/ 05 / 2020
Tras el dictamen de la Abogacía del Estado

Donde hay Abogacía del Estado no manda Ministerio de Sanidad, o así al menos lo ha entendido el departamento de Salvador Illa, que ha dado su brazo a torcer y, finalmente, admitirá a trámite la reclamación de todos los MIR que pedían a Sanidad que valorará su expediente académico de grado sobre una nota de 10, y no sobre 4, como había hecho inicialmente.

La medida afectaba nada menos que a 4.700 de los aspirantes que concurrieron al último examen MIR, y que habían presentado fuera de plazo la documentación académica que el Ministerio de Sanidad les exigía para valorar su expediente académico de grado sobre 10, en sintonía con los nuevos criterios que entraban en vigor en esta convocatoria del examen.

El plazo límite fijado por Sanidad para presentar esa documentación expiró el pasado 6 de febrero, exactamente 12 días después de la fecha de realización del examen, pero hubo casi 5.000 aspirantes a los que se les pasó el plazo, presentaron tarde la documentación y vieron cómo sus notas de la carrera eran valoradas con otro criterio diferente al que se usaba para sus compañeros. Y la diferencia no es baladí, porque el expediente final del grado supone nada menos que un 10% del valor total de la prueba, y puede determinar qué especialidad eliges y dónde.

Tras la publicación de los resultados provisionales de la prueba, los despistados aprovecharon el periodo de reclamación para pedir al departamento de Illa que admitiera la documentación. Parte de los afectados, concretamente los que ya se habían presentado al examen en convocatorias previas, alegaron que la documentación reclamada obraba ya en poder de la Administración por haberla aportado en dichas convocatorias. Sanidad se negó, pero dijo que había elevado una consulta a la Abogacía del Estado para dilucidar si su negativa era correcta.

Y la Abogacía del Estado le dice ahora que no, que no es correcta, y lo hace apelando a varias sentencias del Tribunal Supremo relativas a procesos de selección de personal. En concreto, la Abogacía le recuerda al ministerio que "ha de darse la posibilidad de que los méritos defectuosamente acreditados en los procesos selectivos puedan ser objeto de subsanación, estimándose excesivo y, por tanto, no acorde con el principio de proporcionalidad, privar a un aspirante de la valoración de un mérito (...) aunque no hubieran satisfecho alguno de los requisitos meramente formales". Léase, los plazos de presentación estipulados.

Si este criterio es válido para procesos selectivos donde es obligatoria la presentación de esa documentación, la Abogacía entiende que "con mayor razón ha de aplicarse en aquellos casos en que, como el que nos ocupa, la presentación de la documentación para la valoración de los méritos es facultativa". O, dicho de otra forma, si la presentación del expediente de grado es vital para valorar los méritos de los MIR, no puede haber agravios comparativos entre aspirantes.

 

 

 

Se refieren a la aplicación en lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, donde el sistema de calificación reconocido es sobre base 10. “Lo que no entendemos es que como dicho sistema no se había aplicado antes”, señalan estas fuentes, recordando que el periodo para presentar este baremo se amplió hasta el 6 de febrero, 12 días después de la realización del examen MIR

La Abogacía del Estado le ha dicho a Sanidad que debe valorar por igual el expediente académicobde todos los MIR, incluso de quienes entregaron la documentación fuera de plazo. Off Off

via Noticias de diariomedico.... https://ift.tt/3fCdMF3

No hay comentarios:

Publicar un comentario