El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Almería ha condenado al Servicio Andaluz de Salud a indemnizar con 325.974 euros más intereses legales a la familia de un paciente que falleció en el hospital de una infección por obstrucción de las vías biliares.
Los hechos que se juzgan comenzaron cuando el paciente, de 56 años y vecino de un pueblo de Almería, acudió al Hospital Comarcal La Inmaculada de Almería por un malestar general. Llevaba tres días, según el informe médico, "con un tinte ictérico de piel y mucosas con orinas colúricas".
Tras un estudio con radiografía, ecografía de sangre, orina y gasometría venosa, le diagnosticaron absceso hepático y tramitaron su traslado al Servicio de Digestivo del Complejo Hospitalario Torrecárdenas, de Almería.
Allí le hicieron una TC de abdomen con contraste, "con el juicio diagnóstico de una lesión (LOE) hepática". Entonces, se solicitó "un estudio con colangiopancreatografía y RMN hepática, además de un analítica con marcadores tumorales". El resultados de las pruebas apuntaron a un colangiocarcinoma y los médicos programaron un drenaje percutáneo externo de vías biliares, que se realizó el 8 de febrero de 2018, seis días después de llegar al Hospital Torrecárdenas.
Tras el drenaje, que puso en evidencia una lesión "de naturaleza imprecisa", el paciente presentó un deterioro brusco y falleció un días después. En el informe de exitus se indicó, como causa fundamental del óbito, "un ictericia obstructiva de causa tumoral".
La familia del paciente, que ha sido representada en esta causa por el abogado Ignacio Martínez, experto en Derecho Sanitario y colaborador de la Asociación El Defensor del Paciente, reclamó porque consideraba que le habían ofrecido la opción de realizar una cirugía, pues "no fue valorado por un cirujano general y digestivo ni por un cirujano experto en patología hepática".
También reprochan a los facultativos que no trasladaran al paciente a una UCI después de someterle a la drenaje y ver que no se recuperaba.
via Noticias de diariomedico.... https://ift.tt/5XUQHl4
No hay comentarios:
Publicar un comentario