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lunes, 22 de abril de 2024

El TSJ de Madrid inadmite a trámite un recurso de Modemfa contra la Ley de Farmacia de Madrid

Política y Normativa
carmentorrente
Lun, 22/04/2024 - 11:29
Susceptible de recurso de casación

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid (sala de lo contencioso) ha inadmitido a trámite un recurso presentado en enero de 2022 por el Movimiento para la Defensa de un Modelo Farmacéutico Asistencial (Modemfa España) contra la Comunidad de Madrid y el COF de Madrid. El motivo principal del recurso es el modo en que se tramitó la Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid. En concreto, contra la Orden 1105/2021, de 6 de septiembre por la que se acuerda la tramitación urgente del anteproyecto; y, por vía indirecta, contra los artículos 9 y 11 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid. La presente sentencia es susceptible de recurso de casación, que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de su notificación, e impone a la parte demandante las costas causadas.

Se declara así la inadmisibilidad del recurso "por no ser el aquí impugnado directamente (la Orden 1105/2021, de 24 de marzo, de la Consejería de Sanidad) un acto susceptible de recurso contencioso administrativo, al estar inserto propiamente en el procedimiento de elaboración de una norma legal", según figura en el fallo.

El Tribunal añade en la sentencia que "la Asamblea de Madrid, a quien exclusivamente competía examinar la conformidad a Derecho de la fase de iniciativa legislativa de esta disposición normativa legal, no encontró objeción alguna para la aprobación" de la Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid. "En consecuencia, por lo hasta aquí expuesto y razonado, procede declarar la inadmisibilidad del presente recurso, sin necesidad de examinar el resto de las causas opuestas por las partes demandada y codemandada, y sin posibilidad, por tanto, de entrar a conocer del fondo del asunto", concluye.

Regulación "estructural", no "coyuntural"

En su recurso, la parte actora sostiene que los artículos 9 y 11 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo infringen lo previsto en los artículos 9 (sobre jerarquía normativa) y 105 (audiencia de los ciudadanos) de la Constitución, así como los artículos 127 y 133.1, primer inciso, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. "Todo ello por vulnerar los principios de jerarquía normativa, reserva de ley y audiencia de los ciudadanos en iniciativas normativas", señala.

Añade que el Decreto 52/2021 introduce en su artículo 11 un trámite de urgencia para iniciativas legislativas que no se encuentra previsto en la vigente Ley 1/1983, de 13 de diciembre.

Recuerda la recurrente en este motivo que el Anteproyecto de Ley tramitado con urgencia es una Ley de Ordenación y que ello implica que la regulación que contiene es de carácter estructural y no coyuntural, con un marcado carácter de permanencia que no se puede materializar "a vuela pluma y con prisa". Considera, por ello, que tramitar una Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica con tal " envergadura" constituye una "considerable aberración política y jurídica desde el punto de vista del "deber ser", pues pone por delante los intereses partidistas a la buena gobernanza".

En esta misma línea, la Asociación demandante sostenía que en la Memoria Justificativa de la Orden de Urgencia queda claro que se confunde la urgencia con la prisa, pues es tal " lo que tiene el actual Partido en el Gobierno para aprobar la nueva Ley (...), en la presente Legislatura, al precio que sea". "Y ésta, añade, es la única razón por la que el ejecutivo regional está incurriendo en tan grave desviación de poder".

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Por su parte, la Administración autonómica, oponiéndose a la demanda, solicita que se declare inadmisible el presente recurso o, en su defecto, que se
El Movimiento para la Defensa de un Modelo Farmacéutico Asistencial en España lo presentó en enero de 2022 contra la Comunidad de Madrid y el COF de Madrid. Off Carmen Torrente Villacampa Profesión Off

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