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viernes, 28 de mayo de 2021

Condena por no citar para cirugía a un paciente con un aneurisma, que terminó falleciendo

Política y Normativa
soledadvalle
Vie, 28/05/2021 - 11:32
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid
Un equipo de cirugía en plena intervención.
Un equipo de cirugía en plena intervención.

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid por la que la aseguradora del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), Sham, deberá indemnizar con 107.675 euros, más intereses, la muerte de un paciente por la rotura del aneurisma aórtico que le fue diagnosticado casi un año antes. 

El fallo del juzgado de primera instancia, que ahora confirma la Audiencia, reconoce "una relación de causalidad entre la actitud del servicio de cirugía vascular [de un hospital público de la Comunidad de Madrid], en concreto, entre el abandono del paciente, a quien no se citó nunca para la intervención quirúrgica prevista ya el 26 de noviembre de 2017 y la evolución expansiva y conocida del aneurisma aórtico". Y continúa el juzgado, diciendo que, ese abandono "finalmente conllevó la ruptura del aneurisma y el fallecimiento del paciente el 29 de septiembre de 2018". 

"El juez de instancia cifró en un 50% las posibilidades de supervivencia del esposo si se hubiera intervenido"

La resolución de instancia sostiene su razonamiento en el informe presentado por el perito del abogado de la familia. Rubén Darío Delgado, socio-director del despacho Atlas Abogados, representó a la familia del fallecido, que dejó viuda e hijos. 

El informe del perito de parte sostiene que "los médicos que atendían al paciente eran conscientes del crecimiento progresivo en el diámetro del aneurisma, lo que conllevaba una probabilidad de ruptura de este muy elevada", como finalmente sucedió. Y, defiende, que a pesar de que los médicos indicaron "una cirugía híbrida de reparación de aorta ascendente y cayado de forma programada", tras el alta en noviembre de 2017, "el paciente no llegó a ser citado nunca". 

 

El fallecimiento se produjo por la ruptura del aneurisma torácico y la producción de una hemorragia masiva, dos días después de acudir al servicio de Urgencias de un hospital público y mientras permanecía ingresado. 

Doctrina de la pérdida de oportunidad 

La sentencia, que ahora confirma la Audiencia, aplica la doctrina de la pérdida de oportunidad. "La demora en el tratamiento fue relevante y causante de una pérdida de oportunidad, derivando el fallecimiento del paciente". ¿En cuánto se calcula esa pérdida de oportunidad? En un 50%. Es decir, el juez de instancia cifra en un 50% las posibilidades de supervivencia del esposo y padre de los demandantes en el supuesto de que se hubiera llevado a cabo la intervención quirúrgica". 

En el recurso de apelación que la aseguradora Sham presentó ante la Audiencia Provincial de Madrid cuestionó que la decisión del juzgado sobre la praxis médica se sostuviera en el informe del perito de parte, dándole más valor que al presentado por la parte demandada, la aseguradora. 

Especialidad de los peritos 

Sobre esa cuestión, la Audiencia acude a la jurisprudencia para recordar que "la valoración pericial se debe guiar conforme al criterio legal por las reglas de la sana crítica, a tenor del artículo 348 de la LEC". Pero, ¿qué es la sana crítica? Los magistrados reconocen que "no existiendo normas legales sobre la sana crítica hay que atender a criterios lógicos racionales"

La especialidad médica de los firmantes de estos informes suele ser un argumento muy utilizado para dar más valor al firmante de la especialidad que se juzga. La aseguradora alegó la mayor cualificación de su perito, al ser especialista en Cirugía General y Digestiva, mientras que el perito del abogado de la familia tiene la especialidad de Medicina Interna. Pues bien, la Audiencia responde a esta puntualización que "no consta especialización en cirugía vascular por ninguno de los peritos, que es lo que hubiera determinado la diferencia cualitativa relevante en su formación en orden a valorar los informes". 

En conclusión, la Audiencia concluye que "ha existido una actuación incorrecta con infracción de la lex artis a la que es posible atribuir el fallecimiento del paciente en los términos acordados en la sentencia". La sentencia es firma y la aseguradora es condenada al pago de las costas y a los intereses del artículo 20 de la Ley de contrato de seguro

Murió casi un año después de que se le diera el alta con la indicación de ser citado para una cirugía. El fallo reconoce una relación de causalidad entre la actuación sanitaria y la muerte. Off Soledad Valle. Madrid Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Off

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