La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por una mujer que reclamó 95.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) al asegurar que había sido sometida a un parto mediante cesárea cuando desde el primer momento había pedido que fuese natural.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que la demandante tuvo en su poder durante un día el documento de consentimiento informado, en el que de forma destacada -en negritas y mayúsculas- se indicaba que el parto sería inducido.
Y añade que ese documento no se le entregó "sobre la marcha", sino al finalizar una consulta médica y que lo devolvió firmado al día siguiente tras habérselo llevado a su domicilio y, por tanto, habiendo tenido la oportunidad de consultarlo detenidamente.
"No parece creíble ni coherente, añade la Sala, que una persona tan concienciada con el parto natural, como dice ser ella, diga que firmó a ciegas el consentimiento informado y sin saber lo que hacía".
Cesárea indicada
El tribunal no concede credibilidad alguna a las afirmaciones contenidas en la demanda, en la que aquella expuso que había sido embaucada y coaccionada para realizar algo que no quería, en referencia al parto inducido.
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